Derecho Empresarial
Lo necesita si con regularidad hace negocios con fines de lucro bajo un nombre distinto de su nombre legal o del nombre registrado de su compañía. Presente una declaración de nombre comercial ficticio ante el Registrador-Archivista/Secretario del Condado de Los Ángeles dentro de 40 días después de empezar a usar el nombre, y luego publíquela en un periódico local durante cuatro semanas. La cuota de presentación del condado es de $26 por un nombre y un dueño.
Actualizado el 5 de octubre de 2026.
Un nombre comercial ficticio, que muchas veces se llama DBA ("doing business as", es decir, "haciendo negocios como"), es uno de los primeros trámites que enfrenta el dueño de un negocio nuevo, y forma parte del trabajo de formación que se describe en nuestra página de derecho empresarial. Las reglas están en las secciones 17900 a 17930 del Código de Negocios y Profesiones de California (Business and Professions Code), y en el Condado de Los Ángeles el trámite se hace con el Registrador-Archivista/Secretario del Condado (Registrar-Recorder/County Clerk). Esta página explica quién debe registrarlo, cómo funciona el proceso del condado, cuánto cuesta y qué pasa si no lo hace.
La sección 17910 exige que toda persona que con regularidad haga negocios en California con fines de lucro bajo un nombre comercial ficticio presente una declaración a más tardar 40 días después de empezar a hacer negocios con ese nombre. La sección 17900 define qué se considera ficticio, y la respuesta depende de quién es el dueño del negocio:
Así, una contadora hipotética llamada Lena Arakelian que trabaja sola como "Arakelian Bookkeeping" podría no necesitar ninguna declaración, mientras que la misma contadora sí la necesita si trabaja como "Brand Boulevard Bookkeeping" o "Arakelian & Associates". Una compañía formada como "Arakelian Ventures LLC" que vende bajo el nombre "Glendale Tutoring" necesita una declaración para ese segundo nombre. El condado indica que las corporaciones, organizaciones y asociaciones sin fines de lucro no están obligadas a presentar una.
| Trámite o servicio | Cuota |
|---|---|
| Declaración nueva, un nombre de negocio y un registrante | $26 |
| Renovación, un nombre de negocio y un registrante | $26 |
| Cada nombre de negocio o registrante adicional | $5 |
| Búsqueda de nombre (no reembolsable) | $5 por nombre |
| Copia certificada de un resultado de búsqueda | $2 por documento |
| Procesamiento en línea de identidad y tarjeta de crédito (si lo presenta en línea) | $10.75 por transacción |
| Publicación en el periódico | La fija cada periódico, no el condado |
La sección 17929 indica una cuota base de presentación de $10, sujeta al Código de Gobierno, sección 54985; la cantidad que cobra hoy el Condado de Los Ángeles es la de $26 que se muestra arriba.
Una declaración vence cinco años después de la fecha en que se presentó ante el secretario del condado (sección 17920(a)). Vence antes, 40 días después de cualquier cambio en los datos que incluye, con excepciones limitadas en la sección 17923 (sección 17920(b)), y termina cuando el registrante presenta una declaración de abandono (statement of abandonment) (sección 17920(c)). Para conservar el nombre, presente una renovación antes de la fecha de vencimiento. El condado cobra los mismos $26 por una renovación y no exige publicar una renovación sin cambios; según la sección 17917(c), una nueva presentación después del vencimiento no tiene que publicarse si nada cambió y se presenta dentro de 40 días después de la fecha de vencimiento.
Para un dueño único o una sociedad general, la prueba del apellido de la sección 17900 decide si se necesita o no una declaración. Agregar palabras que dan a entender que hay más dueños convierte un apellido en un nombre ficticio.
Una LLC o una corporación que opera con su nombre registrado exacto no necesita una declaración; cualquier otro nombre sí la necesita. Formar la entidad es un trámite aparte ante el Secretario de Estado, que se explica en nuestra página sobre cuánto cuesta abrir y mantener una LLC o una corporación en California. Y como el condado pide prueba de que la entidad está en regla, una compañía que ha sido suspendida no puede terminar el trámite hasta que lo corrija; vea qué pasa cuando una LLC o corporación de California queda suspendida.
La declaración se presenta en el condado donde está el lugar principal del negocio en California (sección 17915). Un negocio con sede en Glendale la presenta en el Condado de Los Ángeles, y también puede presentarla en otros condados siempre que cumpla con los requisitos de su condado principal.
Como un cambio en los datos de la declaración hace que venza después de 40 días (sección 17920(b)), un socio nuevo, un socio que se va o una mudanza normalmente requieren una declaración nueva. Si un socio se va, nuestra página sobre qué pasa cuando un socio quiere salirse del negocio trata las preguntas más grandes, y el trámite de retiro (withdrawal) del condado quita a un dueño registrado (requiere publicación).
Cuando usted deja de hacer negocios bajo un nombre registrado en los cinco años anteriores, la sección 17922 exige una declaración de abandono, publicada de la misma manera que la declaración original, y luego la presentación de una declaración jurada de publicación.
La sección 17918 dice que una persona que hace negocios bajo un nombre ficticio sin cumplir con este capítulo no puede mantener una demanda en un tribunal de California sobre ningún contrato hecho, ni ninguna transacción realizada, con ese nombre hasta que la declaración se haya firmado, presentado y publicado. En la práctica, eso puede retrasar una demanda para cobrar una factura no pagada hasta que se corrija el trámite, ya sea que el caso vaya a reclamos menores (small claims) o al Tribunal Superior; nuestra página que compara reclamos menores y contratar a un abogado en el Condado de Los Ángeles explica esa decisión. Aparte de eso, presentar o publicar a sabiendas una declaración falsa es un delito menor (misdemeanor) que se castiga con una multa de hasta $1,000 (secciones 17913(c) y 17930, según se citan en la sección 17924).
Por ejemplo, imagine a una residente hipotética de Glendale que empieza un negocio de comida para eventos (catering) el 1 de marzo bajo el nombre "Brand Boulevard Kitchen", trabajando sola y sin formar una compañía. El nombre no incluye su apellido, así que la sección 17910 le exige presentar una declaración a más tardar 40 días después de que empezó, lo que cae a principios de abril.
Ella la presenta en línea el 20 de marzo y paga $26 más la cuota de servicio en línea de $10.75. Luego tiene 45 días para empezar la publicación, y hace arreglos con un periódico de la lista del condado para que publique la declaración una vez por semana durante cuatro semanas. Cuando sale el último aviso, tiene otros 45 días para presentar la declaración jurada de publicación. Cinco años después de su fecha de presentación del 20 de marzo, la declaración vence a menos que la renueve.
En su segundo año, su hermana se une como dueña en partes iguales. Eso cambia los datos de la declaración, así que vencerá 40 días después y se necesita una declaración nueva que incluya a las dos dueñas. Si un cliente se hubiera negado a pagar una factura grande antes de que ella presentara la declaración, la sección 17918 podría haberle impedido demandar sobre ese contrato hasta que la declaración se presentara y publicara. Si un retraso en el trámite afecta o no un reclamo en particular depende de hechos que este ejemplo no da.
No. El formulario obligatorio de la declaración dice que registrarlo no autoriza por sí solo el uso de un nombre en violación de los derechos de otra persona según la ley federal, la ley estatal o el derecho común. La protección de una marca registrada es un asunto aparte; el condado manda las preguntas sobre marcas a la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. (U.S. Patent and Trademark Office).
No. Para una LLC, un nombre ficticio es cualquier nombre distinto del que aparece en sus artículos de organización, así que usar el nombre registrado exacto no requiere ninguna declaración. Cada nombre de marca adicional sí la requiere.
No, si nada ha cambiado. El condado dice que las renovaciones no requieren publicación, y la sección 17917(c) dice que una nueva presentación después del vencimiento no tiene que publicarse si la información no cambió y se presenta dentro de 40 días después de la fecha de vencimiento.
Sí. La sección 17915 permite presentarlo en otros condados siempre que usted también cumpla con los requisitos del condado donde está el lugar principal de su negocio.
Los trámites por correo van solo a la oficina central del condado en Norwalk y deben incluir la declaración llena y un formulario de Declaración Jurada de Identidad notarizado. El condado dice que el procesamiento por correo puede tardar de 6 a 8 semanas, así que el trámite en línea es más rápido si un plazo está cerca.
Muchos dueños lo registran por su cuenta. Un abogado es más útil para las decisiones que lo rodean: si conviene formar una LLC o una corporación, si es seguro usar el nombre y cómo se documenta quiénes son los dueños, un tema que toca nuestra página sobre si un acuerdo de negocios verbal se puede hacer cumplir.
Ayudamos a negocios nuevos y en crecimiento a escoger una estructura, poner por escrito quiénes son los dueños y hacer los trámites estatales y del condado que van con eso. Nuestro artículo sobre cómo proteger su negocio con contratos sólidos trata los acuerdos que deben venir después. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.
Nuestro equipo en Glendale puede ayudarle a escoger una estructura, presentar las declaraciones correctas y poner por escrito los términos de propiedad del negocio.
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