Derecho Empresarial

¿Se puede hacer cumplir un acuerdo de negocios verbal en California?

Muchas veces, sí. California permite que la mayoría de los contratos se hagan de palabra, pero el Código Civil, sección 1624, exige un documento firmado para algunos tratos, como los acuerdos que no se pueden cumplir dentro de un año, las promesas de pagar la deuda de otra persona, y las ventas de bienes raíces y los arrendamientos más largos. Una demanda por un contrato verbal por lo general debe presentarse dentro de dos años, en comparación con cuatro años para uno por escrito.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

Muchos negocios se hacen con un apretón de manos: la promesa de un proveedor por teléfono, un reparto de ganancias acordado tomando un café, una remodelación cotizada en un mensaje de texto. Los contratos son una parte central de nuestra práctica de derecho empresarial, y la primera pregunta en muchas disputas es si el trato alguna vez se pudo hacer cumplir. Esta página explica las reglas de California para los acuerdos verbales, las excepciones que exigen un documento por escrito, cómo se prueban los términos verbales y los plazos que se aplican.

¿Qué convierte cualquier acuerdo en un contrato?

El Código Civil, sección 1550, enumera cuatro elementos esenciales: partes capaces de contratar, su consentimiento, un objeto legal y una contraprestación suficiente (consideration). Nada en esa lista exige papel. Según la sección 1622, todos los contratos pueden ser verbales, excepto los que una ley específicamente exige que sean por escrito. La sección 1619 agrega que un contrato puede ser expreso, declarado con palabras, o implícito por la conducta de las partes. Un acuerdo verbal que reúne los cuatro elementos esenciales y que no está en una lista legal de "se exige por escrito" se puede hacer cumplir como cualquier otro contrato; lo más difícil por lo general es probar cuáles fueron los términos.

¿Cómo suele desarrollarse una disputa por un acuerdo verbal?

  1. Reconstruya los términos. Anote quién acordó qué, cuándo, dónde y frente a quién: precio, alcance del trabajo, plazos y condiciones de pago.
  2. Reúna las pruebas. Los mensajes de texto, correos electrónicos, facturas, depósitos, cheques, registros de entrega y la forma en que ambas partes se comportaron después del acuerdo a menudo muestran sus términos mejor que la memoria.
  3. Revise si se exigía un documento por escrito. Compare el trato con las categorías del Código Civil, sección 1624, y con las otras leyes de la tabla de abajo.
  4. Anote la fecha del incumplimiento. El plazo para demandar por un contrato verbal es de dos años (Código de Procedimiento Civil, sección 339(1)); las demandas civiles solo se pueden iniciar dentro de los plazos que fija el código después de que surge el reclamo (sección 312).
  5. Envíe una exigencia por escrito. Una carta que explique los términos como usted los entiende y lo que quiere que se haga también crea un registro, y la respuesta de la otra parte puede confirmar el acuerdo.
  6. Elija el tribunal. Los reclamos más pequeños pueden caber en el tribunal de reclamos menores (small claims); los más grandes van al Tribunal Superior. Nuestra página que compara reclamos menores y contratar a un abogado en el Condado de Los Ángeles explica esa decisión.
  7. Pruebe el trato. En el tribunal, los términos de un acuerdo verbal se prueban con testimonios y con los documentos y la conducta que lo rodean.

¿Qué acuerdos de negocios deben ser por escrito?

Según el Código Civil, sección 1624(a), los siguientes acuerdos no son válidos a menos que ellos, o alguna nota o memorando de ellos, estén por escrito y firmados por la parte contra quien se quiere hacer cumplir el acuerdo o por su agente. Otras leyes agregan sus propias reglas sobre documentos por escrito.

Acuerdos que necesitan un documento firmado en California
Tipo de acuerdoReglaLey
Un acuerdo que, por sus propios términos, no se va a cumplir dentro de un año desde que se haceDocumento firmado por la parte contra quien se quiere hacer cumplirCód. Civil 1624(a)(1)
Una promesa de responder por la deuda, el incumplimiento o la falta de otra persona (una garantía personal, guaranty), salvo lo que dispone la sección 2794Documento firmado por la parte contra quien se quiere hacer cumplirCód. Civil 1624(a)(2)
Un arrendamiento por más de un año, o la venta de bienes raíces o de un interés en ellosDocumento por escrito; la autorización de un agente también debe ser por escritoCód. Civil 1624(a)(3)
Contratar a un corredor u otra persona para comprar, vender o arrendar bienes raíces por más de un año a cambio de una comisiónDocumento firmado por la parte contra quien se quiere hacer cumplirCód. Civil 1624(a)(4)
Un acuerdo que no se va a cumplir durante la vida de quien hace la promesaDocumento firmado por la parte contra quien se quiere hacer cumplirCód. Civil 1624(a)(5)
El compromiso de un prestamista comercial de prestar o dar crédito por más de $100,000, no principalmente para fines personales, familiares o del hogarDocumento firmado por el prestamistaCód. Civil 1624(a)(7)
Una venta de mercancía por $500 o másUn registro firmado que baste para mostrar un contrato de venta, con excepciones para mercancía fabricada especialmente, admisiones en el tribunal, y mercancía pagada y aceptada o recibida y aceptadaCód. Comercial 2201
Un contrato de empleo pagado por comisiónContrato por escrito que indique cómo se calculan y se pagan las comisiones, con una copia firmada para el empleadoCód. Laboral 2751

La sección 1624(a)(6) agrega una regla para el comprador de bienes raíces que acepta pagar un préstamo garantizado con la propiedad, y las secciones 1624(b) y (d) contienen reglas especiales para ciertos contratos financieros entre negocios y para los mensajes electrónicos en tratos de bienes raíces.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Plazos de prescripción para reclamos por contratos (Código de Procedimiento Civil)
ReclamoPlazoLey
Incumplimiento de un contrato que no se basa en un documento por escrito2 añosCód. Proc. Civil 339(1)
Rescisión de un contrato que no es por escrito2 años desde los hechos que permiten la rescisión (desde que se descubren, si hay fraude o error)Cód. Proc. Civil 339(3)
Incumplimiento de un contrato que se basa en un documento por escrito4 añosCód. Proc. Civil 337(a)
Cuenta en libros, cuenta liquidada (account stated) basada en una cuenta por escrito, o una cuenta abierta con partidas por escrito4 añosCód. Proc. Civil 337(b)
Rescisión de un contrato por escrito4 años desde los hechos que permiten la rescisión (desde que se descubren, si hay fraude o error)Cód. Proc. Civil 337(c)

Un trato mixto, como una cotización corta por escrito seguida de cambios verbales, puede plantear la duda de qué plazo se aplica, así que es más seguro planear con base en el más corto. Nuestra página sobre los plazos para demandar por incumplimiento de contrato o daños a la propiedad en California explica cómo se cuentan estos plazos y qué puede pausarlos.

¿Qué cambia la respuesta?

Si el trato se puede terminar dentro de un año

La sección 1624(a)(1) solo abarca los acuerdos que, por sus propios términos, no se van a cumplir dentro de un año desde que se hacen. Las palabras "por sus propios términos" se refieren a lo que acordaron las partes, no a cuánto tiempo tardó el trabajo en realidad. Un compromiso de surtir mercancía cada mes durante dos años cae dentro de la regla; una remodelación programada para seis semanas no se convierte en un contrato de un año porque se atrasó.

Si algo se firmó después

La ley se cumple con "alguna nota o memorando" firmado por la parte contra quien se quiere hacer cumplir, no solo con un contrato formal. Una propuesta firmada, una carta de confirmación o una factura que firmó la otra parte pueden ayudar. Si un correo electrónico o mensaje en particular cuenta depende de lo que dice y de cómo se firmó, así que guárdelo todo.

Si está cambiando de palabra un contrato por escrito

El Código Civil, sección 1698, permite que un contrato por escrito se modifique con un acuerdo por escrito, con un acuerdo verbal en la medida en que las partes ya lo hayan cumplido, o, a menos que el contrato diga otra cosa, con un acuerdo verbal respaldado por una nueva contraprestación. Si el contrato modificado cae dentro de la sección 1624, el requisito de que sea por escrito se sigue aplicando (sección 1698(c)). Muchos contratos por escrito dicen que los cambios deben ser por escrito; lea esa cláusula antes de confiar en una conversación.

Si la promesa es una garantía personal

La promesa de pagar la deuda de negocio de un cliente o de un familiar si ellos no la pagan es una "promesa especial de responder por la deuda, el incumplimiento o la falta de otra persona" y necesita un documento firmado según la sección 1624(a)(2). Un "no se preocupe, yo lo cubro" de palabra por parte de un tercero es una fuente común de disputas.

Si hay bienes raíces de por medio

Los arrendamientos comerciales de más de un año y los acuerdos para comprar o vender una propiedad deben ser por escrito (sección 1624(a)(3)), y el acuerdo de comisión de un corredor para esos tratos también (sección 1624(a)(4)). Un arreglo de mes a mes o de un año por un local queda fuera de la regla de arrendamientos de más de un año.

Si el nombre y el estatus del negocio están en orden

Incluso un contrato válido puede ser difícil de hacer cumplir por razones de procedimiento. Un negocio que usa un nombre ficticio sin registrar no puede continuar una demanda sobre contratos hechos con ese nombre hasta que presente y publique su declaración (Código de Negocios y Profesiones, sección 17918); vea las reglas sobre nombres comerciales ficticios en el Condado de Los Ángeles. Además, los contratos que una compañía firma mientras sus poderes están suspendidos por la Junta de Impuestos de Franquicia son anulables por la otra parte (Código de Ingresos e Impuestos, sección 23304.1), como explica nuestra página sobre una LLC o corporación suspendida.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a la dueña hipotética de una panadería en Glendale que acuerda por teléfono con un contratista local remodelar el área del mostrador del negocio por $20,000, la mitad por adelantado y la mitad al terminar, con el trabajo listo en seis semanas. El contratista le manda un mensaje de texto que dice "Confirmado, empiezo el 3, $20k en total" y cobra el cheque de $10,000. No se firma nada más.

El acuerdo no está en la lista de la sección 1624: se puede cumplir mucho antes de un año, no es una venta de bienes raíces ni un arrendamiento largo, y nadie está garantizando la deuda de otra persona. El mensaje de texto, el cheque cobrado y el trabajo mismo son pruebas de los términos. Suponga que el contratista se detiene después de la demolición y no regresa. El reclamo de la dueña sería por incumplimiento de un contrato verbal, así que el Código de Procedimiento Civil, sección 339(1), da un plazo de dos años, contado desde el incumplimiento.

Solo para ilustrar las cuentas: si terminar el trabajo le cuesta a la dueña $14,000 más que los $10,000 que todavía no pagaba según el trato, la diferencia que podría reclamar es de $4,000, más otras pérdidas que pueda probar. Si podría recuperar esa cantidad, y cuánto, depende de pruebas y defensas que este ejemplo no trata.

Errores comunes con los acuerdos verbales

  • Suponer que un trato verbal no vale nada. La mayoría se pueden hacer cumplir; el problema es la prueba, no la validez.
  • Suponer que todo trato verbal se puede hacer cumplir. Las garantías personales, los arrendamientos largos, las ventas de bienes raíces, los acuerdos que no se pueden cumplir dentro de un año y, con excepciones, las ventas de mercancía por $500 o más necesitan un documento o registro firmado.
  • Esperar demasiado. Dos años pasan rápido cuando las partes siguen "arreglándolo". El plazo para un contrato por escrito es de cuatro años, pero uno verbal tiene dos.
  • Borrar mensajes de texto y de voz. Los mensajes informales a menudo son el único registro de los términos.
  • Confiar en un cambio verbal a un contrato por escrito. Revise primero la cláusula de cambios del contrato y la sección 1698.
  • Pagar comisiones con un apretón de manos. El Código Laboral de California, sección 2751, exige un contrato de comisiones por escrito para los empleados; vea lo que un empleador de California debe dar por escrito a los empleados nuevos.

Qué hacer esta semana

  1. Escriba un resumen con fecha del acuerdo: partes, precio, alcance, plazos y lo que cada parte ha hecho hasta ahora.
  2. Exporte y respalde los mensajes de texto, correos electrónicos, mensajes de voz y registros de pagos que mencionen el trato.
  3. Haga una lista de los testigos de las conversaciones y de lo que escuchó cada uno.
  4. Marque la fecha del incumplimiento y la fecha dos años después.
  5. Compare el trato con la tabla de arriba de acuerdos que deben ser por escrito.
  6. Para tratos futuros, ponga los términos en un documento corto y firmado; nuestro artículo sobre cómo proteger su negocio con contratos sólidos enumera las cláusulas que importan.
  7. Si ya lo demandaron por un acuerdo verbal, lea cuánto tiempo tiene para responder a una demanda en California y anote el plazo en su calendario hoy mismo.

Preguntas frecuentes

¿Un mensaje de texto o un correo electrónico puede hacer que un acuerdo se pueda hacer cumplir?

Puede ser una prueba sólida de los términos de un acuerdo verbal y, en algunos casos, puede servir como la "nota o memorando" firmado que pide la sección 1624. Que lo sea o no depende de su contenido y de cómo se firmó, así que guarde la conversación completa en lugar de capturas de pantalla de mensajes sueltos.

¿Una sociedad de palabra es una sociedad de verdad?

Puede serlo. Según el Código de Corporaciones, sección 16202(a), dos o más personas que llevan un negocio como copropietarias con fines de lucro forman una sociedad, aunque no tengan la intención de hacerlo, y entonces se aplican las reglas por defecto de la ley. Nuestra página sobre qué pasa cuando un socio quiere salirse del negocio explica esas reglas.

¿Es más difícil ganar con un contrato verbal?

Es más difícil probarlo, porque el tribunal tiene que decidir cuáles fueron los términos con base en los testimonios y las demás pruebas.

¿Puedo recuperar los honorarios de mi abogado si gano con un acuerdo verbal?

Los tratos verbales casi nunca incluyen una cláusula de honorarios de abogados, y esa cláusula es por lo general lo que permite recuperar los honorarios en un caso de contrato. Nuestra página sobre cómo recuperar los honorarios de abogados según un contrato explica cuándo se pueden obtener.

¿Qué pasa si una parte del trato fue por escrito y otra de palabra?

Importarán la parte por escrito, lo que dice sobre los cambios y cualquier cláusula de integración (merger clause). La sección 1698 regula los cambios verbales a los contratos por escrito, y el plazo para demandar puede ser distinto para la parte por escrito y la parte verbal, así que planee con base en el plazo de dos años hasta que un abogado lo revise.

¿El plazo de dos años empieza cuando hicimos el trato?

No. El Código de Procedimiento Civil, sección 312, cuenta el plazo desde que surge el derecho a demandar, no desde el día en que se hizo el trato. Cuándo surge un reclamo puede depender de los hechos, así que cuente desde la primera fecha en que la otra parte no cumplió.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law?

Ayudamos a los negocios a documentar sus acuerdos antes de que empiecen los problemas, y evaluamos y presentamos o defendemos reclamos cuando un trato de palabra se viene abajo. Cuando una disputa llega al tribunal, nuestro equipo de litigios civiles se encarga del caso. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.

Fuentes

  1. Código Civil de California, sección 1550: elementos esenciales de un contrato (California Legislative Information)
  2. Código Civil de California, sección 1619: contratos expresos e implícitos (California Legislative Information)
  3. Código Civil de California, sección 1622: los contratos pueden ser verbales (California Legislative Information)
  4. Código Civil de California, sección 1624: contratos que deben ser por escrito (statute of frauds) (California Legislative Information)
  5. Código Civil de California, sección 1698: modificación de contratos por escrito (California Legislative Information)
  6. Código de Procedimiento Civil de California, sección 312: plazo para iniciar demandas civiles (California Legislative Information)
  7. Código de Procedimiento Civil de California, sección 337: plazo de cuatro años para contratos por escrito (California Legislative Information)
  8. Código de Procedimiento Civil de California, sección 339: plazo de dos años para contratos verbales (California Legislative Information)
  9. Código Comercial de California, sección 2201: venta de mercancía por $500 o más (California Legislative Information)
  10. Código de Corporaciones de California, sección 16202: formación de una sociedad (California Legislative Information)
  11. Código Laboral de California, sección 2751: los contratos de comisiones deben ser por escrito (California Legislative Information)
  12. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 17918: nombre comercial ficticio sin registrar y demandas por contratos (California Legislative Information)
  13. Código de Ingresos e Impuestos de California, sección 23304.1: los contratos de contribuyentes suspendidos son anulables (California Legislative Information)

¿Un trato de palabra salió mal?

Nuestro equipo en Glendale puede revisar lo que se acordó, las pruebas que tiene y los plazos que se aplican.

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