Litigios Civiles
En la mayoría de los casos civiles, usted tiene 30 días después de que le entregan el citatorio (summons) para presentar una respuesta por escrito ante el tribunal. Si los papeles se dejaron con otra persona y luego se le enviaron por correo, la notificación queda completa 10 días después del envío, y los 30 días se cuentan desde entonces. Los casos de desalojo avanzan mucho más rápido: el inquilino tiene 10 días, sin contar fines de semana ni días festivos del tribunal.
Actualizado el 5 de octubre de 2026.
Recibir la notificación de una demanda es inquietante, pero los primeros pasos son sencillos y el plazo es lo más importante. Esta página trata de los primeros 30 días: cómo se cuenta el plazo, qué tipo de respuesta puede presentar y qué pasa si no se presenta nada. Nuestra página de litigio civil explica cómo avanza un caso desde los escritos iniciales hasta el juicio. Para las etapas posteriores, nuestro artículo sobre el proceso de litigio civil explica lo que viene después de la respuesta.
California exige que todo citatorio incluya ciertas advertencias (Código de Procedimiento Civil, sección 412.20(a)). Debe indicarle al demandado que presente una respuesta por escrito ante el tribunal dentro de 30 días después de la entrega del citatorio, y advertirle que si no responde, se puede registrar un fallo por incumplimiento y el demandante puede pedirle al tribunal lo que reclama en la demanda, lo que podría resultar en el embargo de su sueldo, la incautación de dinero o bienes, u otras medidas. También debe decir, en letra negrita, que usted puede buscar el consejo de un abogado y que debe consultarlo pronto. La parte de arriba del citatorio debe decir, en inglés y en español: "¡Aviso! Usted ha sido demandado. El tribunal puede decidir en su contra sin escucharlo a menos que usted responda dentro de 30 días."
| Cómo le notificaron | Cuándo queda completa la notificación | Fecha límite para responder | Fuente |
|---|---|---|---|
| Le entregaron los papeles en persona | Al momento de la entrega | 30 días después de la notificación | Cód. Proc. Civil 412.20(a)(3) |
| Dejaron los papeles con un adulto en su casa u oficina y luego se los enviaron por correo (notificación sustituta) | El décimo día después del envío por correo | 30 días después de que la notificación queda completa | Cód. Proc. Civil 415.20; Cód. Proc. Civil 412.20(a)(3) |
| Se los enviaron por correo con un aviso y acuse de recibo | La fecha en que usted firma el acuse de recibo, si lo devuelve | 30 días después de que la notificación queda completa | Cód. Proc. Civil 415.30(c) |
| Se los enviaron por correo fuera de California, con acuse de recibo solicitado | El décimo día después del envío por correo | 30 días después de que la notificación queda completa | Cód. Proc. Civil 415.40 |
| Caso de desalojo (unlawful detainer) | Cuando le entregan la demanda | 10 días después de la notificación, sin contar sábados, domingos ni días festivos del tribunal | Cód. Proc. Civil 1167(a) |
Hay dos detalles más. En un caso de desalojo, el inquilino que recibe la notificación por correo o en persona a través del programa de confidencialidad de domicilio del Secretario de Estado tiene cinco días hábiles del tribunal adicionales (sección 1167(b)). Además, a partir del 1 de enero de 2027, cambian las reglas de la notificación sustituta: una parte demostrará la diligencia razonable que se necesita para la notificación sustituta intentando la entrega en persona por lo menos tres veces, en tres días diferentes y a tres horas diferentes (la versión de la sección 415.20 que entra en vigor ese día).
Escriba la fecha y la forma de la notificación en la primera página de los papeles el mismo día que los reciba, y cuente el plazo desde ahí. Si no está seguro de cómo le notificaron, busque asesoría en lugar de adivinar.
| Respuesta | Para qué sirve | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|
| Contestación (answer) | Responde a lo que alega la demanda y presenta sus defensas | Dentro de 30 días después de la notificación | Cód. Proc. Civil 412.20(a)(3) |
| Objeción a la demanda (demurrer) | Objeta la demanda misma en lugar de contestarla | Dentro de 30 días después de la notificación de la demanda | Cód. Proc. Civil 430.40(a) |
| Moción para anular la notificación (motion to quash) | Cuestiona la jurisdicción del tribunal sobre usted, incluso por una notificación defectuosa | A más tardar el último día para presentar su respuesta | Cód. Proc. Civil 418.10(a) |
| Prórroga acordada | Una sola prórroga de 15 días sin orden del tribunal | Antes de que se venzan los 30 días | Reglas de los Tribunales de Cal., regla 3.110(d) |
La moción para anular la notificación tiene sus propias reglas. Al presentarla, su plazo para responder se extiende hasta 15 días después del aviso de una orden que la niegue, y no se puede registrar un fallo por incumplimiento antes de que venza su plazo para responder (sección 418.10(b), (d)). Pero si usted presenta una objeción a la demanda (demurrer) o una moción para eliminar partes de la demanda (motion to strike) sin alegar al mismo tiempo la falta de jurisdicción personal o una notificación defectuosa, renuncia a esas objeciones (sección 418.10(e)(3)).
El demandante puede pedirle al secretario o al tribunal que registre el incumplimiento (default) en su contra, y después pedir un fallo por lo que reclama la demanda. Las Reglas de los Tribunales empujan este proceso: el demandante debe pedir que se registre el incumplimiento dentro de 10 días después de que haya pasado el plazo para responder, y debe obtener un fallo por incumplimiento dentro de 45 días después de que se registre el incumplimiento, a menos que el tribunal extienda el plazo (regla 3.110(g), (h)). Como advierte el propio citatorio, un fallo puede llevar al embargo de su sueldo o a la incautación de dinero o bienes. La guía de autoayuda de los Tribunales de California advierte que en un caso civil cualquier error, aunque sea pequeño, puede hacer que usted pierda o, en algunas situaciones, que tenga que pagar los honorarios de abogados y los costos de la otra parte. Es mucho más difícil anular un fallo por incumplimiento que cumplir con un plazo.
El número de caso y el encabezado de la demanda se lo indican. Los casos civiles en el Tribunal Superior de California se dividen según la cantidad en juego: los casos civiles limitados son por $35,000 o menos (Código de Procedimiento Civil, sección 85), y los casos civiles ilimitados son por más. Los casos de reclamos menores (small claims), por $12,500 o menos para una persona y $6,250 para un negocio, tienen su propio procedimiento y no se permiten abogados en la audiencia; comparamos las opciones en nuestra página sobre reclamos menores o un abogado para una disputa en el Condado de Los Ángeles. Si su caso se presentó en el centro de Los Ángeles, nuestra guía sobre un caso civil en el Stanley Mosk Courthouse explica qué esperar ahí. Más cerca de Glendale, nuestra página sobre el Glendale Courthouse en 600 E. Broadway trata de ese edificio.
La entrega en persona hace que los 30 días empiecen de inmediato; la notificación sustituta y el correo fuera del estado agregan primero 10 días; el correo con acuse de recibo cuenta solo desde la fecha en que usted lo firma (secciones 415.20, 415.30, 415.40). Si el demandante no pudo encontrarlo, un tribunal puede permitir la notificación por medio de una publicación en un periódico (sección 415.50).
En una demanda de desalojo (unlawful detainer) hay 10 días, sin contar fines de semana ni días festivos del tribunal (sección 1167), y la prórroga acordada de 15 días de la regla 3.110 no se aplica a las demandas de desalojo (regla 3.110(a)). Si la disputa es más bien sobre un depósito de alquiler, nuestra guía sobre las reglas del depósito de garantía en California explica lo que debe hacer cada parte. Para los pasos después de la respuesta, vea qué tan rápido avanza un caso de desalojo en el Condado de Los Ángeles.
La regla 3.110 tampoco se aplica a los casos de cobranza bajo la regla 3.740(a), así que no dé por hecho que la prórroga acordada de 15 días está disponible en una demanda por cobro de deudas.
Si no le notificaron correctamente o el tribunal no tiene jurisdicción sobre usted, la herramienta es una moción para anular la notificación bajo la sección 418.10, y debe presentarse a tiempo o junto con su primera impugnación de la demanda.
Los casos de contratos y de negocios a menudo dependen de los documentos. Nuestro artículo sobre cómo proteger su negocio con contratos sólidos explica los términos que suelen importar. Si un antiguo empleador lo demandó por un acuerdo de no competencia (noncompete), lea si un acuerdo de no competencia es válido en California antes de responder.
Por ejemplo, imagine a una persona hipotética, dueña de una pequeña imprenta en Glendale, que llega a su casa el lunes 2 de marzo y se entera de que un notificador (process server) dejó un citatorio y una demanda con su hijo adulto, y que una copia le llega por correo el miércoles. La demanda, presentada por un proveedor, reclama unos $28,000 por facturas sin pagar.
Como los papeles se dejaron con su hijo y luego se enviaron por correo, la notificación queda completa el décimo día después del envío, y sus 30 días se cuentan desde esa fecha. Por la cantidad, el caso es civil limitado. Ella anota las fechas, busca las facturas y sus correos electrónicos sobre pedidos defectuosos, y se comunica con un abogado esa misma semana. El abogado le pide por escrito al abogado del proveedor la prórroga de 15 días que permite la regla 3.110(d) mientras prepara una contestación. Nada de esto predice quién va a ganar; lo que hace es evitar que ella pierda por incumplimiento.
Sí, en la mayoría de los casos civiles los 30 días son días calendario. Si el último día cae en sábado o en un día festivo, el plazo pasa al siguiente día que no lo sea (Código de Procedimiento Civil, sección 12a). Los casos de desalojo son diferentes: los fines de semana y los días festivos del tribunal no se cuentan dentro de los 10 días.
En la mayoría de los casos civiles, las partes pueden acordar por escrito una sola prórroga de 15 días sin pedírsela al tribunal (regla 3.110(d)). Después de eso, el tribunal puede extender el plazo si se le presenta una solicitud (regla 3.110(e)).
Puede impugnar la notificación con una moción para anularla bajo la sección 418.10, presentada a más tardar el último día para responder. Plantéela junto con cualquier objeción a la demanda (demurrer) o moción para eliminar partes de la demanda (motion to strike), o perderá la objeción.
Eso es una notificación por correo con acuse de recibo. La notificación queda completa en la fecha en que usted firma el acuse de recibo, si lo devuelve (sección 415.30(c)). Si no lo devuelve dentro de 20 días, le pueden ordenar que pague el costo razonable de notificarle de otra forma (sección 415.30(d)).
Fuera de los reclamos menores, las reglas y los plazos son los mismos para los negocios, y la guía de autoayuda advierte que los errores pequeños pueden salir caros. Nuestra página de derecho comercial describe las disputas en las que ayudamos a los negocios. Si el estado suspendió a la compañía, lea qué pasa cuando se suspende una LLC o corporación de California antes de presentar cualquier documento.
Revisamos la demanda y la notificación, confirmamos el plazo, y preparamos y presentamos la respuesta, ya sea para contestar los reclamos, presentar defensas o presentar reclamos propios. Cuando una disputa se puede resolver sin una pelea larga, también buscamos esa opción. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.
El plazo para responder es lo primero. Nuestro equipo en Glendale puede confirmarlo y ayudarle a preparar la respuesta adecuada.
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