Litigios Civiles

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por incumplimiento de contrato o daños a la propiedad en California?

En California, por lo general usted tiene cuatro años para demandar por un contrato escrito y dos años por uno verbal (Código de Procedimiento Civil, secciones 337 y 339). Los daños a bienes inmuebles o personales tienen un límite de tres años, y el fraude tiene tres años desde que usted lo descubre (sección 338). El plazo empieza cuando nace el reclamo, y solo unas pocas reglas lo pausan o lo extienden.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

Todo reclamo civil en California tiene un plazo para presentarse, llamado plazo de prescripción (statute of limitations), y no cumplirlo puede terminar un caso antes de que empiece. El Código de Procedimiento Civil, sección 312, dice que las demandas civiles solo se pueden iniciar dentro de los plazos que fija el código después de que nace el derecho a demandar, y la sección 350 dice que una demanda se inicia cuando se presenta ante el tribunal. Esta página reúne los plazos de las disputas de contratos y de propiedad que nuestro equipo de litigio civil maneja con más frecuencia, explica cuándo empieza a correr cada plazo y trata las pocas reglas que pueden pausarlo o extenderlo.

¿Cómo se calcula un plazo para presentar una demanda, paso a paso?

  1. Identifique cada reclamo. Una sola disputa puede incluir varios reclamos con plazos diferentes, como el incumplimiento de un contrato escrito, el fraude para hacer que usted lo firmara y los daños a su propiedad. Cada uno tiene su propio plazo.
  2. Busque el plazo de cada reclamo. La tabla de abajo muestra los principales plazos del Código de Procedimiento Civil. Si ninguno corresponde, la sección 343 fija un plazo general de cuatro años para todo lo demás.
  3. Busque la fecha de inicio. El plazo de prescripción empieza cuando nace el reclamo. Las instrucciones para el jurado del Consejo Judicial (instrucción del jurado CACI n.º 338) señalan que un reclamo de contrato no nace hasta que se incumple el contrato, lo que puede pasar mucho después de que se firmó.
  4. Lea el contrato. La misma instrucción señala que los tribunales de California por lo general han permitido que las partes de un contrato acorten o extiendan el plazo normal, así que una cláusula de su contrato puede fijar un plazo diferente.
  5. Revise si algo pausa o extiende el plazo. Un reconocimiento por escrito firmado, una renuncia por escrito, un demandante menor de edad o incapacitado, o un demandado que se fue del estado pueden cambiar la cuenta (secciones 351, 352, 360 y 360.5).
  6. Revise a quién va a demandar. Un reclamo contra una ciudad, un condado u otra entidad pública por lo general exige primero un reclamo por escrito ante el gobierno, con un plazo mucho más corto (Código de Gobierno, sección 911.2).
  7. Presente la demanda a tiempo. En el Condado de Los Ángeles, los casos civiles nuevos se presentan en el Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles (Los Angeles Superior Court) con el formulario de declaración de ubicación del tribunal (Statement of Location, LASC CIV 109). Para un caso de incumplimiento de contrato, ese formulario indica como razones para escoger un palacio de justicia la presentación permitida en el Distrito Central y el lugar donde se debía cumplir el contrato o donde vive el demandado. Nuestra página sobre cómo presentar un caso civil en el Stanley Mosk Courthouse explica el proceso en el centro de Los Ángeles.

¿Cuáles son los principales plazos?

Estos plazos vienen del texto actual de cada ley en el sitio California Legislative Information. Son las reglas generales; los factores de la siguiente sección pueden cambiarlas.

Plazos en California para presentar reclamos de contratos, propiedad y fraude
ReclamoPlazoCuándo empieza a correrLey
Incumplimiento de un contrato escrito4 añosCuando nace el reclamo (por lo general, el incumplimiento)Cód. Proc. Civil 337(a)
Cuenta en libros, cuenta saldada (account stated) o cuenta abierta con partidas por escrito4 añosPara una cuenta saldada con más de una partida, la fecha de la última partidaCód. Proc. Civil 337(b)
Anulación (rescisión) de un contrato escrito4 añosCuando ocurrieron los hechos que permiten la anulación; en caso de fraude o error, al descubrirlosCód. Proc. Civil 337(c)
Incumplimiento de un contrato verbal2 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 339(1)
Anulación (rescisión) de un contrato verbal2 añosCuando ocurrieron los hechos que permiten la anulación; en caso de fraude o error, al descubrirlosCód. Proc. Civil 339(3)
Contrato de compraventa bajo el Código Comercial4 años (el acuerdo original puede acortarlo, pero a no menos de 1 año)Cuando ocurre el incumplimiento, aunque usted no lo sepaCód. Comercial 2725
Daños del arrendador después de que un inquilino incumple un contrato de arrendamiento escrito y se va4 añosEl incumplimiento y abandono, o el fin del derecho del inquilino a ocupar la propiedad, lo que ocurra primeroCód. Proc. Civil 337.2
Invasión de un bien inmueble (trespass) o daños a él3 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 338(b)
Llevarse, retener o dañar bienes personales3 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 338(c)(1)
Responsabilidad creada por una ley (que no sea una multa o confiscación)3 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 338(a)
Fraude o error3 añosCuando se descubren los hechos que constituyen el fraude o el errorCód. Proc. Civil 338(d)
Difamación del título de un bien inmueble (slander of title)3 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 338(g)
Cualquier reclamo que no cubra otra regla4 añosCuando nace el reclamoCód. Proc. Civil 343
Reclamo ante una entidad pública6 meses por lesiones a una persona o daños a bienes personales; 1 año para otros reclamosCuando nace el reclamoCód. de Gobierno 911.2

Las lesiones personales tienen otro plazo. Si el mismo hecho que dañó su auto o su casa también lo lesionó a usted, el reclamo por la lesión por lo general tiene dos años según la sección 335.1, mientras que la parte de la propiedad mantiene sus tres años según la sección 338. Nuestra página de lesiones personales trata del lado de las lesiones.

¿Qué cambia la respuesta?

La tabla es el punto de partida. Estos son los hechos que con más frecuencia adelantan o atrasan un plazo.

Si la promesa está por escrito

La sección 337(a) cubre una obligación "basada en un instrumento escrito" (founded upon an instrument in writing), y la sección 339(1) cubre una "no basada en un instrumento escrito" (not founded upon an instrument of writing). La diferencia es de dos años. Un trato hecho de palabra, por teléfono o con una serie de mensajes informales puede quedar del lado de los dos años, y esa es una de las razones por las que explicamos en otra página cuándo un acuerdo comercial verbal es válido en California.

Cuándo nació el reclamo, y si usted podía saberlo

Las instrucciones para el jurado describen el nacimiento del reclamo como el momento en que están presentes todos sus elementos. La instrucción CACI n.º 338 también señala que los tribunales pueden aplicar una regla de descubrimiento a los incumplimientos de contrato cometidos en secreto, cuando el daño no se podía encontrar razonablemente sino hasta después. No cuente con esa regla sin asesoría: es una excepción, y por lo general quien la invoca tiene que probarla.

Fraude y error

La sección 338(d) da tres años, pero el reclamo no se considera nacido hasta que la parte perjudicada descubre los hechos que constituyen el fraude o el error. Según la instrucción CACI n.º 1925, una vez que el demandado muestra que el daño ocurrió más de tres años antes de la presentación de la demanda, el demandante debe probar que antes de esa fecha no descubrió esos hechos, y que actuando con diligencia razonable no podía haberlos descubierto. Guarde un registro de cuándo y cómo se enteró por primera vez de la verdad.

Una cláusula del contrato

Muchos contratos comerciales incluyen una cláusula de plazo. La instrucción CACI n.º 338 señala que los tribunales de California por lo general han permitido que las partes acorten o extiendan el plazo legal, y el Código Comercial, sección 2725, permite que un contrato de compraventa acorte el plazo de cuatro años hasta un mínimo de un año, pero no que lo extienda. Lea la sección de disputas de su contrato antes de contar el plazo según la ley. Nuestro artículo sobre cómo proteger su negocio con contratos sólidos explica por qué estas cláusulas importan al redactar un contrato.

Un reconocimiento por escrito, un pago o una renuncia

La sección 360 dice que ningún reconocimiento ni promesa extiende el plazo de un contrato a menos que esté en un documento escrito firmado por la parte a la que se le reclama. En un pagaré, cada pago de capital o de intereses vuelve a iniciar el plazo, pero un pago no revive un reclamo que ya venció. Aparte, la sección 360.5 permite una renuncia por escrito y firmada a la defensa de prescripción; una renuncia firmada antes del vencimiento dura como máximo cuatro años después de ese vencimiento, y las renuncias se pueden renovar. Para las deudas basadas en contratos escritos y en cuentas, la sección 337(d) agrega que una vez vencido el plazo, nadie puede demandar ni iniciar un arbitraje para cobrar, y el plazo solo se puede extender según la sección 360.

Quiénes son las partes y dónde están

Si la persona con derecho a demandar era menor de edad o no tenía la capacidad legal para tomar decisiones cuando nació el reclamo, la sección 352 dice que ese tiempo no cuenta, aunque esto no se aplica a los reclamos que primero deben presentarse ante una entidad pública. La sección 351 dice que el tiempo que un demandado pasa fuera de California no se cuenta, pero cómo se aplica esa regla hoy en día se puede discutir, así que trátela como una pregunta para un abogado y no como tiempo extra. Si el demandado es la Ciudad de Glendale, el Condado de Los Ángeles u otra entidad pública, primero corre el plazo de seis meses o de un año para el reclamo del Código de Gobierno, sección 911.2; nuestra página sobre reclamos contra Glendale o el Condado de Los Ángeles explica ese proceso.

Algo que la otra parte dijo o hizo

La instrucción CACI n.º 456 describe cuándo se le puede impedir a un demandado que use el plazo como defensa: el demandado dijo o hizo algo que llevó al demandante a creer que no hacía falta una demanda, el demandante confió razonablemente en eso y se demoró, y el demandante presentó la demanda pronto en cuanto se vio que era necesaria. No se requiere mala fe, pero el demandante debe probar cada elemento, así que es un último recurso, no un plan.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a una persona hipotética, dueña de una panadería en Glendale. A finales de 2023, la camioneta de reparto de una compañía de banquetes se echa en reversa contra el patio de la panadería y destruye el toldo, y el 20 de noviembre de 2023 el gerente de la compañía dice que la compañía lo va a pagar. Aparte, a principios de 2024 la panadería le presta $15,000 de palabra a esa misma compañía, que debe pagarlos a más tardar el 15 de enero de 2025. Nunca se paga nada.

Solo para ilustrar cómo se cuenta: el reclamo del toldo es por daños a la propiedad, así que la sección 338 da tres años, lo que apunta a finales de 2026, a solo unas semanas al momento de escribir esto. El préstamo nunca se puso por escrito, así que la sección 339 da dos años desde la fecha de pago que no se cumplió, lo que apunta a enero de 2027. Si el préstamo se hubiera documentado en un pagaré firmado, la sección 337 permitiría cuatro años. Un mensaje de texto posterior del gerente prometiendo "encargarse de las dos cosas" no ayuda automáticamente: la sección 360 exige un documento escrito firmado por la parte a la que se le reclama, y si un mensaje en particular cumple con ese requisito es una pregunta para un abogado, no algo que se deba dar por hecho.

Lo que esa persona debe sacar de esto no es una predicción de quién ganaría. Es que el plazo más próximo es el que marca el calendario, y que lo que cuenta según la sección 350 es presentar la demanda, no mandar otra carta de cobro.

Errores comunes con los plazos para demandar

  • Suponer que negociar detiene el plazo. Las pláticas, las cartas de reclamo y las promesas de pago no pausan el plazo. Solo pueden hacerlo los pasos que reconocen las leyes, como una renuncia por escrito y firmada según la sección 360.5.
  • Contar desde la fecha equivocada. Un reclamo de contrato por lo general empieza con el incumplimiento, no con la firma, y un reclamo de fraude con el descubrimiento. Usar la fecha de inicio equivocada puede hacer que presente la demanda antes de tiempo o, peor aún, demasiado tarde.
  • Tratar todo acuerdo como si fuera escrito. Si la promesa principal nunca se puso en un documento firmado, haga sus planes según la regla de dos años de la sección 339.
  • No presentar el reclamo ante el gobierno. Un reclamo contra una ciudad o un condado por lo general necesita un reclamo por escrito dentro de seis meses o un año según el Código de Gobierno, sección 911.2, mucho antes del plazo para la demanda.
  • Ignorar el plazo que fija el propio contrato. Una cláusula que acorta el plazo de prescripción o un proceso obligatorio para resolver disputas puede acercar mucho el plazo real.
  • Esperar hasta el último día. Los problemas al presentar los papeles, un formulario que falta o un palacio de justicia equivocado pueden costarle días que ya no tiene.

Qué hacer esta semana

  1. Anote la fecha del incumplimiento, del daño o del descubrimiento de cada reclamo, con el documento o el mensaje que lo prueba.
  2. Reúna el contrato, cualquier modificación, las facturas, los comprobantes de pago y cada mensaje escrito de la otra parte.
  3. Lea el contrato para ver si tiene una cláusula de plazo, una cláusula de arbitraje y una cláusula de honorarios de abogado; nuestra página sobre cómo recuperar los honorarios de abogado en un caso de contrato explica por qué importa la última.
  4. Si la otra parte es una entidad pública, anote hoy mismo en su calendario los plazos de seis meses y de un año para el reclamo.
  5. Decida dónde presentar el caso. Para cantidades más pequeñas, compare el tribunal de reclamos menores y contratar a un abogado en el Condado de Los Ángeles; la sección 312 se aplica a las demandas civiles sin excepción, así que los mismos plazos importan ahí.
  6. Hable con un abogado antes del plazo más próximo, no después.

Preguntas frecuentes

¿Enviar una carta de reclamo detiene el plazo de prescripción?

No. Según la sección 350, una demanda se inicia cuando se presenta ante el tribunal. Una carta de reclamo puede abrir pláticas para llegar a un acuerdo, pero solo una renuncia por escrito y firmada según la sección 360.5 o un reconocimiento por escrito y firmado según la sección 360 pueden extender el plazo para demandar por un contrato.

¿Cuándo empieza el plazo en un reclamo por incumplimiento de contrato?

Por lo general cuando se incumple el contrato, no cuando se firma. La instrucción CACI n.º 338 señala que los tribunales pueden aplicar una regla de descubrimiento a los incumplimientos cometidos en secreto, pero esa es una excepción que por lo general el demandante tiene que probar.

¿Puede un cobrador de deudas demandarme por un contrato escrito después de cuatro años?

La sección 337(d) dice que una vez vencido el plazo de cuatro años, una persona no puede demandar ni iniciar un arbitraje para cobrar la deuda, y el plazo solo se puede extender según la sección 360. Si de todos modos lo demandan, el plazo para responder sigue corriendo; vea cuánto tiempo tiene para responder a una demanda en California.

¿Cuál es el plazo si un inquilino dañó mi propiedad de alquiler?

Los daños a un bien inmueble tienen tres años según la sección 338(b). Si el reclamo es por renta y otros daños después de que un inquilino incumplió un contrato de arrendamiento escrito y se fue, la sección 337.2 fija cuatro años. Las disputas sobre el depósito en sí se rigen por el Código Civil, sección 1950.5, que tratamos en nuestra guía sobre las reglas del depósito de garantía en California. Si el inquilino sigue en la unidad, sacarlo es un proceso aparte; vea qué tan rápido avanza un caso de desalojo en el Condado de Los Ángeles.

¿Cambia el plazo si la otra compañía está suspendida o ya no opera?

El plazo de prescripción no cambia porque la otra parte tenga problemas, pero su capacidad para cobrar sí podría cambiar. Si una compañía involucrada en su disputa perdió su buena situación ante el estado, vea qué pasa cuando se suspende una LLC o corporación de California.

¿Qué pasa si yo tenía menos de 18 años cuando surgió el reclamo?

La sección 352 dice que el tiempo de la incapacidad no cuenta en contra de una persona que era menor de edad, o que no tenía la capacidad legal para tomar decisiones, cuando nació el reclamo. Esa pausa no se aplica a los reclamos que primero deben presentarse ante una entidad pública según la Ley de Reclamos contra el Gobierno (Government Claims Act).

¿Presentar a tiempo significa que voy a recuperar mis costos?

Presentar a tiempo solo mantiene vivo el reclamo. Que los costos y honorarios pasen a la otra parte depende de otras reglas, incluidas las ofertas de acuerdo de la sección 998, que explicamos en qué pasa si usted rechaza una oferta de la sección 998.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law?

Ayudamos a personas y negocios en Glendale y en todo el Condado de Los Ángeles a determinar qué plazos se aplican, a presentar la demanda antes de que venzan y a defenderse de reclamos presentados demasiado tarde. Si un plazo puede estar cerca, llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta, y traiga el contrato y las fechas clave.

Fuentes

  1. Código de Procedimiento Civil de California, sección 312: los plazos se aplican a las demandas civiles (California Legislative Information)
  2. Código de Procedimiento Civil de California, sección 337: cuatro años para contratos escritos, cuentas y anulación (California Legislative Information)
  3. Código de Procedimiento Civil de California, sección 337.2: cuatro años por incumplimiento de un contrato de arrendamiento escrito (California Legislative Information)
  4. Código de Procedimiento Civil de California, sección 338: tres años por responsabilidad legal, propiedad, fraude o error (California Legislative Information)
  5. Código de Procedimiento Civil de California, sección 339: dos años para contratos verbales (California Legislative Information)
  6. Código de Procedimiento Civil de California, sección 343: cuatro años para reclamos no previstos en otra parte (California Legislative Information)
  7. Código de Procedimiento Civil de California, sección 335.1: dos años por lesiones a una persona (California Legislative Information)
  8. Código de Procedimiento Civil de California, sección 350: cuándo se inicia una demanda (California Legislative Information)
  9. Código de Procedimiento Civil de California, sección 351: ausencia del demandado del estado (California Legislative Information)
  10. Código de Procedimiento Civil de California, sección 352: minoría de edad o falta de capacidad legal (California Legislative Information)
  11. Código de Procedimiento Civil de California, sección 360: reconocimiento o promesa por escrito; pagos de un pagaré (California Legislative Information)
  12. Código de Procedimiento Civil de California, sección 360.5: renuncia por escrito a la defensa de prescripción (California Legislative Information)
  13. Código Comercial de California, sección 2725: plazo de prescripción en contratos de compraventa (California Legislative Information)
  14. Código de Gobierno de California, sección 911.2: plazo para presentar un reclamo ante una entidad pública (California Legislative Information)
  15. Instrucciones civiles para el jurado del Consejo Judicial de California (CACI), edición 2026, n.º 338, 454, 456 y 1925 (Judicial Council of California)
  16. LASC CIV 109: anexo a la hoja de presentación del caso civil y declaración de ubicación (Civil Case Cover Sheet Addendum and Statement of Location) (Superior Court of Los Angeles County)

¿Le preocupa que un plazo esté cerca?

Nuestro equipo en Glendale puede revisar sus fechas y documentos y explicarle qué plazos se aplican a su disputa de contrato o de propiedad.

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