Derecho Laboral

¿Se puede hacer cumplir mi acuerdo de no competencia en California?

En casi todos los casos, no. El Código de Negocios y Profesiones, sección 16600, declara nulo todo contrato que le impida a alguien ejercer una profesión, oficio o negocio legal, y desde 2024 la ley dice que esto se aplica a los acuerdos de no competencia de los empleados, sin importar qué tan limitados sean ni dónde se firmaron. Un empleador que intente hacer cumplir uno puede ser demandado por el empleado.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

Muchos trabajadores todavía firman cláusulas de no competencia (noncompete), sobre todo cuando los contrata una empresa con sede en otro estado o cuando la cláusula está escondida en una carta de oferta, un plan de bonos o un acuerdo de indemnización por despido. La regla de California es sencilla y estricta, y se ha reforzado en los últimos años. Para ver un resumen de los derechos de los empleados, consulte nuestra página de derecho laboral.

¿Qué debo hacer con un acuerdo de no competencia, paso a paso?

  1. Encuentre cada restricción. Revise la carta de oferta, el contrato de trabajo, los planes de bonos y de acciones, y cualquier acuerdo de separación. Según el Código Laboral de California, sección 432, usted tiene derecho a pedir una copia de cualquier documento que haya firmado relacionado con obtener o mantener el trabajo.
  2. Compárelo con la sección 16600. Un acuerdo de no competencia de un empleado es nulo a menos que se aplique una de las excepciones para dueños (Código de Negocios y Profesiones, secciones 16601, 16602 y 16602.5), sin importar qué tan limitado esté redactado.
  3. Revise las cláusulas sobre qué ley se aplica y dónde se resuelven los conflictos. Si usted vive y trabaja principalmente en California, el Código Laboral de California, sección 925, le permite anular una cláusula que envía un conflicto de California a otro lugar o que le quita la protección de la ley de California.
  4. Revise si recibió el aviso. Los empleadores tenían que avisar a los empleados actuales, y a los ex empleados que trabajaron para ellos después del 1 de enero de 2022, a más tardar el 14 de febrero de 2024, que la cláusula de no competencia era nula, por medio de una comunicación escrita e individual enviada a la última dirección postal y de correo electrónico conocidas (sección 16600.1(b)).
  5. Si ahora le piden firmar uno. La sección 16600.1(a) hace ilegal incluir una cláusula de no competencia en un contrato de trabajo o exigirle a un empleado que firme una, y el Código Laboral de California, sección 432.5, prohíbe que un empleador le exija a un empleado o a un solicitante aceptar por escrito un término que el empleador sabe que la ley prohíbe.
  6. Si un ex empleador lo amenaza. Guarde la carta. Intentar hacer cumplir un acuerdo de no competencia nulo es una violación civil (sección 16600.5(d)), y usted puede demandar para pedir una orden judicial (injunction), daños reales o ambos, con honorarios de abogado y costos si gana (sección 16600.5(e)).
  7. Si recibe la notificación de una demanda. El citatorio (summons) le da 30 días después de la notificación para presentar una respuesta por escrito (Código de Procedimiento Civil, sección 412.20). Nuestra página sobre qué hacer cuando recibe la notificación de una demanda en California explica ese plazo.

¿Qué dice la ley de California sobre los acuerdos de no competencia?

La sección 16600(a) dice que todo contrato que le impida a cualquier persona ejercer una profesión, oficio o negocio legal de cualquier tipo es nulo en esa medida. La sección 16600(b)(1), vigente desde el 1 de enero de 2024, les indica a los tribunales que interpreten esa regla de manera amplia para anular cualquier acuerdo de no competencia en un contexto de empleo, o cualquier cláusula de no competencia en un contrato de trabajo, sin importar qué tan limitada esté redactada, a menos que se aplique una excepción del mismo capítulo; la sección 16600(b)(2) dice que esto declara la ley que ya existía, en lugar de cambiarla. La sección 16600(c) agrega que la regla no se limita a los contratos que firmó la persona a quien se le impone la restricción.

Las reglas de California sobre acuerdos de no competencia para empleados
ReglaLey
Una cláusula de no competencia en un contrato de trabajo es nula a menos que se aplique una excepción de la leyCód. de Negocios y Profesiones 16600
Es ilegal incluir una cláusula de no competencia en un contrato de trabajo o exigirle a un empleado que firme unaCód. de Negocios y Profesiones 16600.1(a)
Los empleadores tenían que avisar a los empleados actuales, y a los ex empleados que trabajaron para ellos después del 1 de enero de 2022, a más tardar el 14 de febrero de 2024, que esa cláusula es nulaCód. de Negocios y Profesiones 16600.1(b)
Una violación de la sección 16600.1 es un acto de competencia deslealCód. de Negocios y Profesiones 16600.1(c)
Un contrato nulo no se puede hacer cumplir, sin importar dónde ni cuándo se firmóCód. de Negocios y Profesiones 16600.5(a)
Un empleador no puede intentar hacerlo cumplir, aunque se haya firmado y el trabajo se haya realizado fuera de CaliforniaCód. de Negocios y Profesiones 16600.5(b)
Un empleado, ex empleado o solicitante de empleo puede demandar para pedir una orden judicial y daños reales, y un empleado que gana recupera honorarios de abogado razonables y costosCód. de Negocios y Profesiones 16600.5(e)
Un reclamo por competencia desleal se debe presentar dentro de cuatro años después de que surgióCód. de Negocios y Profesiones 17208

¿Hay excepciones?

Sí, pero tienen que ver con los dueños, no con los empleados comunes. El capítulo permite un acuerdo de no competencia dentro de un área geográfica específica en tres situaciones:

Las excepciones para dueños a la prohibición de California de los acuerdos de no competencia
SituaciónLo que se puede acordarLey
Venta de un negocioUna persona que vende el valor comercial (goodwill) de un negocio, o un dueño que vende toda su participación, puede acordar con el comprador no operar un negocio parecido en el área donde operaba el negocio, siempre que el comprador opere un negocio similar allíCód. de Negocios y Profesiones 16601
Salida de una sociedadUn socio puede acordar no competir cuando se disuelve la sociedad o cuando él se separa de ellaCód. de Negocios y Profesiones 16602
Salida de una LLCUn miembro puede hacer el mismo tipo de acuerdo cuando se disuelve la compañía o cuando termina su participación como miembroCód. de Negocios y Profesiones 16602.5

Si a usted simplemente lo contrataron como empleado, ninguna de estas excepciones se aplica. Si además tenía una participación en la empresa, cómo funciona la excepción depende de lo que vendió y de cuándo lo vendió, y vale la pena revisarlo con un abogado. Los dueños de negocios que están negociando una venta pueden leer sobre ese lado de la operación en nuestra página de derecho empresarial.

Mi contrato dice que se aplica la ley de otro estado. ¿Importa eso?

Por lo general no, para los trabajadores de California. El Código Laboral de California, sección 925, dice que un empleador no puede exigirle a un empleado que vive y trabaja principalmente en California, como condición de empleo, que acepte resolver un reclamo de California fuera del estado o que renuncie a la protección de la ley de California en un conflicto que surgió aquí. El empleado puede anular esa cláusula; en ese caso el conflicto se decide en California bajo la ley de California, y el tribunal puede otorgar honorarios de abogado. La regla cubre las demandas y el arbitraje, y se aplica a los contratos firmados, modificados o extendidos a partir del 1 de enero de 2017. No se aplica si el empleado tuvo su propio abogado cuando negoció la cláusula sobre el lugar del juicio o sobre qué ley se aplica.

La sección 16600.5 llega al mismo resultado para los acuerdos de no competencia desde el otro lado: un acuerdo de no competencia nulo no se puede hacer cumplir contra alguien que trabaja en California, sin importar dónde se firmó.

¿Qué cambia la respuesta?

Estos son los hechos que con más frecuencia cambian cómo se analiza una restricción.

Si usted era empleado o un dueño que vendió su parte

Las excepciones de las secciones 16601, 16602 y 16602.5 dependen de la venta de un negocio o de una participación, o de la salida de una sociedad o de una LLC. La sección 16601 cubre, entre otras cosas, la venta de todos o casi todos los bienes operativos de una compañía junto con su valor comercial. Un sueldo y un título de puesto, por sí solos, no lo ponen a usted dentro de ninguna de ellas.

Si la restricción en realidad trata de secretos comerciales

California anula los acuerdos de no competencia, pero sigue protegiendo los verdaderos secretos comerciales. Según el Código Civil, sección 3426.1(d), un secreto comercial es información que tiene valor económico propio por no ser de conocimiento general y que se protege con esfuerzos razonables para mantenerla en secreto. La apropiación indebida incluye obtener un secreto comercial por medios indebidos, como el robo o la violación de un deber de guardar el secreto, o usarlo o revelarlo sin consentimiento (sección 3426.1(a), (b)). Una carta de un ex empleador que habla de información confidencial plantea una pregunta distinta a la de si usted puede trabajar para un competidor.

Si usted firmó algo o no

La sección 16600(c) dice que la regla no se limita a los contratos en los que la persona restringida es parte. Una restricción en un acuerdo entre dos empresas que le impide a usted trabajar en su campo también puede ser nula.

Dónde vive y trabaja

La sección 925 protege a los empleados que viven y trabajan principalmente en California, en los contratos firmados, modificados o extendidos a partir del 1 de enero de 2017. Por separado, la sección 16600.5(b) prohíbe que un empleador intente hacer cumplir un acuerdo de no competencia nulo, aunque el contrato se haya firmado y el trabajo se haya realizado fuera de California.

Si lo están despidiendo por negarse a firmar

Exigirle que firme una cláusula ilegal o que pierda el trabajo plantea sus propios problemas. Si lo despidieron después de negarse, nuestra página sobre el despido injustificado en violación de la política pública explica cómo trata California los despidos por negarse a violar la ley.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a una representante de ventas hipotética que vive en Glendale y trabaja a distancia para una compañía de software con sede en otro estado. Su carta de oferta de 2023 incluye un acuerdo de no competencia de un año y dice que se aplica la ley del otro estado. En 2026 ella acepta un trabajo con un competidor. Una semana después, el abogado de su ex empleador le envía una carta exigiéndole que renuncie al nuevo trabajo o la demandarán.

Se aplican varias reglas. Según la sección 16600.5(a) y (b), el acuerdo de no competencia no se puede hacer cumplir, sin importar dónde se firmó, y su ex empleador no puede intentar hacerlo cumplir. Como ella vive y trabaja principalmente en California y no tenía su propio abogado cuando firmó, la sección 925 le permite anular la cláusula sobre qué ley se aplica. La exigencia misma podría ser una violación civil bajo la sección 16600.5(d), y la sección 16600.5(e) le permitiría demandar para pedir una orden judicial y daños, con honorarios de abogado si gana. La carta también menciona "información confidencial de clientes", que es una pregunta aparte bajo la ley de secretos comerciales.

Ella guarda la carta y su carta de oferta, confirma que no se llevó archivos de la compañía y busca asesoría antes de responder. Nada de esto le dice cómo terminaría un conflicto; le dice qué reglas se aplican y qué debe conservar.

Errores comunes con los acuerdos de no competencia

  • Rechazar un trabajo por una cláusula nula. Busque asesoría antes de dejar pasar una oportunidad por una restricción que California no hace cumplir.
  • Ignorar una carta de exigencia. El acuerdo de no competencia puede ser nulo, pero una carta también puede plantear reclamos por secretos comerciales o por contrato que merecen una respuesta cuidadosa.
  • Llevarse archivos de la compañía al salir. Las listas de clientes, los precios y materiales parecidos pueden plantear problemas de secretos comerciales que no tienen nada que ver con el acuerdo de no competencia.
  • Suponer que una cláusula limitada está bien. La sección 16600(b)(1) anula los acuerdos de no competencia de los empleados sin importar qué tan limitados estén redactados.
  • Firmar un acuerdo de indemnización por despido que incluye una cláusula de no competencia. La sección 16600.5(c) prohíbe que un empleador firme un contrato que incluya una cláusula nula. Nuestra página sobre si debe firmar un acuerdo de indemnización por despido en California explica qué más revisar.
  • Suponer que manda la ley del otro estado. Para los trabajadores que viven y trabajan principalmente en California, la sección 925 por lo general dice lo contrario.

Qué hacer esta semana

  1. Reúna cada acuerdo que firmó y pida por escrito copias de los que no tenga; nuestra página sobre cómo obtener su expediente de personal y sus registros explica su derecho a recibirlos.
  2. Marque las cláusulas de no competencia, de no solicitación de clientes o empleados, de confidencialidad, de qué ley se aplica y del lugar donde se resuelven los conflictos.
  3. Revise si recibió el aviso del empleador de que la cláusula es nula.
  4. Guarde cualquier carta de exigencia y cada mensaje de su ex empleador, y no responda con enojo.
  5. Confirme que no tiene archivos, aparatos ni acceso a cuentas de la compañía que no le corresponda conservar.
  6. Si lo acaban de despedir, nuestra lista de verificación para la primera semana después de un despido en California cubre el pago final y los registros.
  7. Hable con un abogado antes de firmar, renunciar o responder.

Preguntas frecuentes

¿Puede un empleador negarse a contratarme si no firmo un acuerdo de no competencia?

Exigirlo es ilegal. La sección 16600.1(a) prohíbe exigirle a un empleado que firme un acuerdo de no competencia que no cae dentro de una excepción, y la sección 16600.5(e) permite que un posible empleado demande para pedir una orden judicial o daños.

¿Mi empleador tenía que avisarme que mi antiguo acuerdo de no competencia era nulo?

Para los empleados actuales, y para los ex empleados que trabajaron después del 1 de enero de 2022, sí: la sección 16600.1(b) exigía un aviso escrito e individual a más tardar el 14 de febrero de 2024. Que falte el aviso no hace válida la cláusula.

¿La regla también protege a los contratistas independientes?

La sección 16600(a) anula todo contrato que le impida a cualquier persona ejercer una profesión, oficio o negocio legal, así que no se limita a los empleados. Las reglas de 2024 sobre el aviso y los contratos de trabajo de la sección 16600.1 están escritas para empleados.

¿Puede mi ex empleador todavía impedirme usar sus secretos comerciales?

Sí. La prohibición de los acuerdos de no competencia no autoriza la apropiación indebida de secretos comerciales, que el Código Civil, sección 3426.1, define de manera que incluye obtenerlos por medios indebidos o usarlos sin consentimiento en ciertas circunstancias.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo?

Un reclamo por competencia desleal, que la sección 16600.1(c) permite por una violación de esa sección, se debe presentar dentro de cuatro años después de que surgió (sección 17208). Nuestra tabla de plazos para reclamos laborales en California muestra otros límites.

¿Quién paga al abogado si demando por un acuerdo de no competencia?

Un empleado, ex empleado o solicitante que gana tiene derecho a honorarios de abogado razonables y costos bajo la sección 16600.5(e)(2). Nuestra página sobre quién paga al abogado en un caso laboral en California explica las reglas de honorarios para otros reclamos.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law?

Revisamos cláusulas de no competencia, de qué ley se aplica y de indemnización por despido para empleados en Glendale y en todo el Condado de Los Ángeles, explicamos si la ley de California las anula y ayudamos a responder cuando un ex empleador amenaza con tomar acción. Nuestro artículo sobre los cambios recientes en la ley de California pone en contexto las reglas de 2024 sobre acuerdos de no competencia. Nuestra página para trabajadores en el Condado de Los Ángeles explica qué palacio de justicia ve una demanda laboral aquí. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.

Fuentes

  1. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16600: nulidad de los contratos que restringen el comercio (California Legislative Information)
  2. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16600.1: cláusulas de no competencia en contratos de trabajo y aviso (California Legislative Information)
  3. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16600.5: los contratos nulos no se pueden hacer cumplir sin importar dónde se firmaron (California Legislative Information)
  4. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16601: venta de un negocio (California Legislative Information)
  5. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16602: disolución de una sociedad o separación de un socio (California Legislative Information)
  6. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 16602.5: miembros de una LLC (compañía de responsabilidad limitada) (California Legislative Information)
  7. Código de Negocios y Profesiones de California, sección 17208: plazo de cuatro años para demandas por competencia desleal (California Legislative Information)
  8. Código Laboral de California, sección 925: lugar del juicio fuera del estado y ley aplicable para empleados de California (California Legislative Information)
  9. Código Laboral de California, sección 432: copias de documentos de empleo firmados (California Legislative Information)
  10. Código Laboral de California, sección 432.5: términos prohibidos por la ley (California Legislative Information)
  11. Código Civil de California, sección 3426.1: definiciones de la Ley Uniforme de Secretos Comerciales (California Legislative Information)
  12. Código de Procedimiento Civil de California, sección 412.20: contenido del citatorio y plazo para responder (California Legislative Information)

¿Le preocupa un acuerdo de no competencia?

Nuestro equipo en Glendale puede revisar el acuerdo y explicarle si la ley de California permite que su empleador lo haga cumplir.

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