Derecho Laboral
Cuando se trata solo de salarios no pagados, un reclamo salarial ante el Comisionado Laboral (Labor Commissioner) a menudo es el camino más sencillo: está diseñado para ser informal, lo decide un funcionario de audiencias y la oficina ayuda a los trabajadores a presentarlo. Una demanda en el Tribunal Superior suele convenir más cuando el caso abarca más que salarios, como discriminación, despido injustificado o un grupo de trabajadores, o cuando importa detener el conteo de la multa por tiempo de espera.
Actualizado el 5 de octubre de 2026.
Los dos caminos pueden recuperar salarios no pagados y muchas multas, y los dos tienen ventajas reales. La decisión correcta depende de lo que se le debe, de qué más pasó en el trabajo y de cómo es probable que responda el empleador. Para el panorama general, vea nuestra página de derecho laboral.
La Oficina del Comisionado Laboral (la División de Cumplimiento de Normas Laborales, Division of Labor Standards Enforcement) acepta reclamos salariales por internet, por correo electrónico, por correo postal o en persona, y dice que las leyes laborales de California protegen a todos los trabajadores sin importar su estatus migratorio. Las oficinas más cercanas a Glendale están en Los Ángeles y en Van Nuys.
El Comisionado Laboral puede otorgar salarios, multas y daños liquidados por salario mínimo no pagado (Código Laboral de California, sección 98(a)). Antes de presentar el reclamo, junte el nombre y la dirección correctos del empleador, sus talones de pago y un registro de las horas que trabajó; el Comisionado Laboral sugiere anotar cada día la hora en que empezó y terminó y sus descansos. Nuestra página sobre qué pasa en la oficina del Comisionado Laboral después de que un trabajador del área de Glendale presenta un reclamo salarial explica con más detalle la conferencia, la audiencia y el cobro. Si ya no tiene sus talones de pago, nuestra página sobre cómo obtener su expediente de personal y sus registros de nómina explica cómo pedirlos.
Una demanda empieza cuando se presenta la demanda escrita (complaint) en el Tribunal Superior, y el tribunal decide el caso a menos que se llegue a un acuerdo. En el Condado de Los Ángeles, el formulario del tribunal sobre el lugar de presentación (LASC CIV 109) permite presentar las demandas laborales en el Distrito Central, en el centro de Los Ángeles, o en el distrito donde surgió el reclamo, y las demandas colectivas (class actions) se deben presentar en el Stanley Mosk Courthouse. Nuestra guía sobre qué esperar en el Stanley Mosk Courthouse describe los primeros meses de un caso civil. Una demanda puede incluir reclamos que un reclamo salarial no puede incluir, y a la demanda se le aplican las reglas sobre honorarios de abogado del Código Laboral, como se explica más abajo.
La apelación va al Tribunal Superior, que vuelve a ver el caso desde el principio (de novo) (Código Laboral de California, sección 98.2(a)). Las pruebas de la audiencia ante el Comisionado Laboral no son la base de la decisión del tribunal. Varias reglas protegen al trabajador en esa apelación:
En el Condado de Los Ángeles, una apelación de un fallo del Comisionado Laboral se presenta según la ubicación de la oficina del Comisionado Laboral, de acuerdo con el formulario del Tribunal Superior sobre el lugar de presentación (LASC CIV 109).
Si usted firmó un acuerdo de arbitraje cuando lo contrataron, eso podría afectar adónde puede ir un caso judicial. Usted tiene derecho a una copia de cualquier documento que firmó para obtener o mantener el trabajo (Código Laboral de California, sección 432).
| Reclamo salarial ante el Comisionado Laboral | Demanda en el Tribunal Superior | |
|---|---|---|
| Quién decide | Un funcionario de audiencias, después de una conferencia | El Tribunal Superior |
| Qué cubre | Salarios, multas, daños liquidados | Reclamos salariales y otros reclamos, como despido injustificado o, después de un aviso de derecho a demandar (right-to-sue), discriminación |
| Acuerdo | Un comisionado laboral adjunto dirige una conferencia; la oficina solo hace cumplir los acuerdos firmados en sus propios formularios | Se negocia entre las partes |
| Multa por tiempo de espera | Sigue corriendo después de presentar el reclamo | Deja de correr cuando se presenta la demanda |
| Honorarios de abogado | Los honorarios pasan a la otra parte cuando una apelación fracasa (Cód. Laboral 98.2(c)) | El empleado recupera honorarios en casos de salario mínimo y horas extras (Cód. Laboral 1194); el empleador, solo si la demanda fue de mala fe (Cód. Laboral 218.5) |
| Si alguien apela | Un juicio nuevo en el Tribunal Superior; la apelación vence 10 días después de la notificación (15 días desde el envío por correo, según el Comisionado Laboral) | Apelación ante un tribunal de mayor rango |
| Cobro | La Unidad de Ejecución de Sentencias (Judgment Enforcement Unit) del Comisionado Laboral puede hacer cumplir la sentencia | Se hace cumplir como cualquier sentencia civil |
| Plazo | Los mismos límites que los salarios (por lo general, 3 años) | Los mismos límites que los salarios (por lo general, 3 años) |
Es ilegal despedir o castigar a un trabajador por presentar un reclamo salarial o por amenazar con presentarlo. El Comisionado Laboral dice que usted puede presentar una queja por represalias ante su oficina o una demanda. Una queja por represalias se debe presentar dentro de un año después de la violación (Código Laboral de California, sección 98.7). Nuestro resumen de las multas por violaciones salariales enumera las cantidades que se podrían deber además de los salarios.
Ningún camino es el correcto para todos. Estos son los hechos que con más frecuencia inclinan la decisión.
Si el reclamo es por salario mínimo u horas extras, el Código Laboral de California, sección 1194, le da al empleado que gana en el tribunal los honorarios razonables de abogado y los costos. Para otros salarios no pagados, la sección 218.5 otorga los honorarios a la parte que gana cuando se piden desde el principio, pero el empleador cobra solo si el empleado demandó de mala fe. Nuestra página sobre quién paga al abogado en un caso laboral en California explica cómo estas reglas afectan la decisión.
El Comisionado Laboral dice que no tiene autoridad sobre los contratistas independientes, pero que un trabajador que cree que lo clasificaron mal de todos modos debe presentar un reclamo salarial, y la oficina puede celebrar una audiencia para decidir si el trabajador estaba mal clasificado. Nuestra página sobre si usted es empleado o contratista independiente explica la prueba.
Un reclamo salarial cubre los salarios y las multas salariales. Si además sufrió acoso, lo trataron distinto por una característica protegida o lo despidieron por una razón que la ley prohíbe, esos reclamos siguen su propio camino; nuestra guía sobre cómo presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles explica el primer paso para los reclamos de discriminación.
El Comisionado Laboral advierte que un empleador podría declararse en bancarrota o cerrar antes de pagar, y esa es una de las razones por las que sugiere considerar una oferta de acuerdo. Después de que un fallo queda firme, la oficina puede registrar un gravamen (lien) sobre los bienes inmuebles del empleador (Código Laboral de California, sección 98.2(g)), y su Unidad de Ejecución de Sentencias hace cumplir las sentencias con las mismas herramientas que cualquier sentencia civil.
El Comisionado Laboral dice que, a veces, un supervisor o gerente que viola los derechos laborales de los trabajadores puede ser responsable además del empleador, y les pide a quienes presentan reclamos que pongan el nombre de cada empleador o supervisor. La sección 98(a) también le permite escuchar reclamos de multas civiles bajo el Código Laboral de California, sección 558, contra una persona que actúa en nombre del empleador.
Por ejemplo, imagine a un cocinero de línea hipotético en Glendale que renuncia después de ocho meses y cree que se le deben unas 200 horas extras no pagadas. Su cheque final llegó a tiempo, no tiene otras quejas sobre cómo lo trataron y llevó un cuaderno con sus horas.
Su caso es sobre todo de cuentas, así que podría convenirle un reclamo salarial en la oficina de Van Nuys o de Los Ángeles: puede presentarlo sin abogado, la conferencia podría terminar en un acuerdo y un funcionario de audiencias decide lo demás. Si el empleador apela un fallo, debe depositar una fianza, y le paga a él sus honorarios si pierde la apelación. Suponga, en cambio, que al mismo cocinero lo hubieran despedido después de quejarse y que todavía no le hubieran pagado su salario final. Entonces una demanda podría merecer una revisión más detenida, porque detendría la multa por tiempo de espera, agregaría el reclamo por represalias y pondría en juego la regla de honorarios de la sección 1194. Ningún camino promete un resultado; los hechos deciden cuál conviene.
No. El proceso está diseñado para ser informal, y el Comisionado Laboral ayuda a los trabajadores a presentar el reclamo. En una apelación, usted puede representarse a sí mismo o contratar a un abogado, y un trabajador de bajos ingresos puede pedirle representación al Comisionado Laboral cuando el empleador apela.
Sí. El Comisionado Laboral dice que las leyes laborales de California protegen a todos los trabajadores sin importar su estatus migratorio, y su proceso de reclamos salariales está abierto para ellos.
El Comisionado Laboral dice que el funcionario de audiencias decidirá el reclamo con las pruebas y el testimonio que usted presente. Si es usted quien no asiste, el reclamo se desestima.
Una vez que el fallo se registra como sentencia, la Unidad de Ejecución de Sentencias del Comisionado Laboral puede hacerla cumplir como cualquier otra sentencia civil, y la oficina puede registrar un gravamen sobre los bienes inmuebles del empleador (sección 98.2(g)).
Eso depende de qué tan avanzado esté el reclamo y de qué más quiera reclamar, así que pida asesoría antes de la audiencia. Si se emite un fallo, cualquiera de las partes todavía puede llevar el caso al Tribunal Superior por medio de la apelación de la sección 98.2.
Revisamos lo que se le debe, qué más pasó en el trabajo y cómo ha respondido el empleador, y después le explicamos qué camino conviene. Podemos preparar y presentar un reclamo salarial, o llevar el caso al tribunal cuando eso conviene más. Nadie puede garantizar un resultado, pero un plan claro desde el principio puede ahorrar tiempo más adelante. Nuestra página sobre los reclamos laborales en el Condado de Los Ángeles enumera las agencias y los palacios de justicia locales. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.
Nuestro equipo de Glendale puede revisar lo que se le debe y explicarle si a su situación le conviene más un reclamo salarial o una demanda.
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