Derecho Laboral

¿Debo presentar un reclamo salarial ante el Comisionado Laboral o una demanda?

Cuando se trata solo de salarios no pagados, un reclamo salarial ante el Comisionado Laboral (Labor Commissioner) a menudo es el camino más sencillo: está diseñado para ser informal, lo decide un funcionario de audiencias y la oficina ayuda a los trabajadores a presentarlo. Una demanda en el Tribunal Superior suele convenir más cuando el caso abarca más que salarios, como discriminación, despido injustificado o un grupo de trabajadores, o cuando importa detener el conteo de la multa por tiempo de espera.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

Los dos caminos pueden recuperar salarios no pagados y muchas multas, y los dos tienen ventajas reales. La decisión correcta depende de lo que se le debe, de qué más pasó en el trabajo y de cómo es probable que responda el empleador. Para el panorama general, vea nuestra página de derecho laboral.

¿Cómo funciona un reclamo salarial ante el Comisionado Laboral, paso a paso?

La Oficina del Comisionado Laboral (la División de Cumplimiento de Normas Laborales, Division of Labor Standards Enforcement) acepta reclamos salariales por internet, por correo electrónico, por correo postal o en persona, y dice que las leyes laborales de California protegen a todos los trabajadores sin importar su estatus migratorio. Las oficinas más cercanas a Glendale están en Los Ángeles y en Van Nuys.

  1. Presente el reclamo. Por internet o en una oficina de distrito. Los Ángeles: 320 W. Fourth Street, Suite 450, (213) 620-6330. Van Nuys: 6150 Van Nuys Blvd., Room 206, (818) 901-5315. En las dos, el horario de atención sin cita es de 9:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 a 5:00 p.m., de lunes a viernes.
  2. Decisión inicial. Dentro de los 30 días después de que usted presenta el reclamo, el Comisionado Laboral les avisa a las partes si se celebrará una audiencia, si se tomará otra medida o si no se tomará ninguna otra medida (Código Laboral de California, sección 98(a)).
  3. Conferencia de conciliación. En la mayoría de los casos se programa una conferencia, con aviso por correo, y un comisionado laboral adjunto (deputy labor commissioner) trabaja con las dos partes para tratar de llegar a un acuerdo.
  4. Audiencia. Si no se llega a un acuerdo, la audiencia se celebra dentro de los 90 días después de la decisión de celebrarla, aunque se puede posponer (sección 98(a)). Las dos partes declaran bajo juramento, en un ambiente informal, y la audiencia se graba.
  5. Decisión. Se les entrega a las dos partes una Orden, Decisión o Fallo (Order, Decision, or Award).
  6. Apelación o sentencia. Cualquiera de las partes puede apelar ante el Tribunal Superior dentro de los 10 días después de la notificación, más el tiempo adicional que se permite cuando la notificación es por correo; el Comisionado Laboral cuenta 15 días desde la fecha del certificado de envío por correo, o 20 si se envió fuera del estado. Si nadie apela, el fallo queda firme y se registra como sentencia judicial (sección 98.2(a), (d), (e)).

El Comisionado Laboral puede otorgar salarios, multas y daños liquidados por salario mínimo no pagado (Código Laboral de California, sección 98(a)). Antes de presentar el reclamo, junte el nombre y la dirección correctos del empleador, sus talones de pago y un registro de las horas que trabajó; el Comisionado Laboral sugiere anotar cada día la hora en que empezó y terminó y sus descansos. Nuestra página sobre qué pasa en la oficina del Comisionado Laboral después de que un trabajador del área de Glendale presenta un reclamo salarial explica con más detalle la conferencia, la audiencia y el cobro. Si ya no tiene sus talones de pago, nuestra página sobre cómo obtener su expediente de personal y sus registros de nómina explica cómo pedirlos.

¿Cómo funciona una demanda salarial en el Tribunal Superior?

Una demanda empieza cuando se presenta la demanda escrita (complaint) en el Tribunal Superior, y el tribunal decide el caso a menos que se llegue a un acuerdo. En el Condado de Los Ángeles, el formulario del tribunal sobre el lugar de presentación (LASC CIV 109) permite presentar las demandas laborales en el Distrito Central, en el centro de Los Ángeles, o en el distrito donde surgió el reclamo, y las demandas colectivas (class actions) se deben presentar en el Stanley Mosk Courthouse. Nuestra guía sobre qué esperar en el Stanley Mosk Courthouse describe los primeros meses de un caso civil. Una demanda puede incluir reclamos que un reclamo salarial no puede incluir, y a la demanda se le aplican las reglas sobre honorarios de abogado del Código Laboral, como se explica más abajo.

¿Qué pasa si el empleador apela el fallo?

La apelación va al Tribunal Superior, que vuelve a ver el caso desde el principio (de novo) (Código Laboral de California, sección 98.2(a)). Las pruebas de la audiencia ante el Comisionado Laboral no son la base de la decisión del tribunal. Varias reglas protegen al trabajador en esa apelación:

  • Primero, una fianza: el empleador debe depositar una fianza de apelación o un depósito en efectivo igual al fallo antes de poder apelar (sección 98.2(b)).
  • Honorarios si la apelación fracasa: la parte que apela y pierde paga los costos y los honorarios razonables de abogado de la otra parte, y se considera que el empleado ganó si el tribunal le otorga cualquier cantidad mayor de cero (sección 98.2(c)).
  • Representación: el Comisionado Laboral dice que puede representar a un empleado que no puede pagar un abogado cuando el empleador apela.

En el Condado de Los Ángeles, una apelación de un fallo del Comisionado Laboral se presenta según la ubicación de la oficina del Comisionado Laboral, de acuerdo con el formulario del Tribunal Superior sobre el lugar de presentación (LASC CIV 109).

¿Cuándo tiene más sentido una demanda?

  • El caso abarca más que salarios. Los reclamos de discriminación, acoso y represalias bajo la Ley de Empleo y Vivienda Justos (FEHA) pasan por el Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department, CRD) y después van al tribunal, y los reclamos por despido injustificado se presentan en el tribunal. Juntar todo en una sola demanda puede ser más eficiente. Vea cuánto tiempo tiene para presentar cada tipo de reclamo laboral.
  • La multa por tiempo de espera sigue corriendo. El Comisionado Laboral explica que presentar una demanda detiene el crecimiento de la multa por el pago tardío del salario final, pero presentar un reclamo salarial ante su oficina no la detiene. Como la multa tiene un tope de 30 días, esto importa más durante el primer mes después de que termina el trabajo; nuestra página sobre las reglas del cheque final explica cómo se cuenta.
  • Hay muchos trabajadores afectados. Las demandas colectivas en el Condado de Los Ángeles se deben presentar en el Stanley Mosk Courthouse (LASC CIV 109).
  • Las reglas sobre honorarios de abogado favorecen al tribunal. En una demanda civil por salario mínimo u horas extras no pagados, el empleado recupera los honorarios razonables de abogado y los costos (Código Laboral de California, sección 1194). En otras demandas salariales, el tribunal otorga los honorarios a la parte que gana si se piden desde el principio, pero un empleador que gana recibe honorarios solo si el tribunal determina que el empleado demandó de mala fe (Código Laboral de California, sección 218.5).

Si usted firmó un acuerdo de arbitraje cuando lo contrataron, eso podría afectar adónde puede ir un caso judicial. Usted tiene derecho a una copia de cualquier documento que firmó para obtener o mantener el trabajo (Código Laboral de California, sección 432).

Reclamo salarial ante el Comisionado Laboral o demanda: comparación rápida
Reclamo salarial ante el Comisionado LaboralDemanda en el Tribunal Superior
Quién decideUn funcionario de audiencias, después de una conferenciaEl Tribunal Superior
Qué cubreSalarios, multas, daños liquidadosReclamos salariales y otros reclamos, como despido injustificado o, después de un aviso de derecho a demandar (right-to-sue), discriminación
AcuerdoUn comisionado laboral adjunto dirige una conferencia; la oficina solo hace cumplir los acuerdos firmados en sus propios formulariosSe negocia entre las partes
Multa por tiempo de esperaSigue corriendo después de presentar el reclamoDeja de correr cuando se presenta la demanda
Honorarios de abogadoLos honorarios pasan a la otra parte cuando una apelación fracasa (Cód. Laboral 98.2(c))El empleado recupera honorarios en casos de salario mínimo y horas extras (Cód. Laboral 1194); el empleador, solo si la demanda fue de mala fe (Cód. Laboral 218.5)
Si alguien apelaUn juicio nuevo en el Tribunal Superior; la apelación vence 10 días después de la notificación (15 días desde el envío por correo, según el Comisionado Laboral)Apelación ante un tribunal de mayor rango
CobroLa Unidad de Ejecución de Sentencias (Judgment Enforcement Unit) del Comisionado Laboral puede hacer cumplir la sentenciaSe hace cumplir como cualquier sentencia civil
PlazoLos mismos límites que los salarios (por lo general, 3 años)Los mismos límites que los salarios (por lo general, 3 años)

¿Qué pasa si mi empleador toma represalias porque presenté un reclamo?

Es ilegal despedir o castigar a un trabajador por presentar un reclamo salarial o por amenazar con presentarlo. El Comisionado Laboral dice que usted puede presentar una queja por represalias ante su oficina o una demanda. Una queja por represalias se debe presentar dentro de un año después de la violación (Código Laboral de California, sección 98.7). Nuestro resumen de las multas por violaciones salariales enumera las cantidades que se podrían deber además de los salarios.

¿Qué cambia la respuesta?

Ningún camino es el correcto para todos. Estos son los hechos que con más frecuencia inclinan la decisión.

Qué salarios no le han pagado

Si el reclamo es por salario mínimo u horas extras, el Código Laboral de California, sección 1194, le da al empleado que gana en el tribunal los honorarios razonables de abogado y los costos. Para otros salarios no pagados, la sección 218.5 otorga los honorarios a la parte que gana cuando se piden desde el principio, pero el empleador cobra solo si el empleado demandó de mala fe. Nuestra página sobre quién paga al abogado en un caso laboral en California explica cómo estas reglas afectan la decisión.

Si lo llamaron contratista

El Comisionado Laboral dice que no tiene autoridad sobre los contratistas independientes, pero que un trabajador que cree que lo clasificaron mal de todos modos debe presentar un reclamo salarial, y la oficina puede celebrar una audiencia para decidir si el trabajador estaba mal clasificado. Nuestra página sobre si usted es empleado o contratista independiente explica la prueba.

Si hay otros reclamos

Un reclamo salarial cubre los salarios y las multas salariales. Si además sufrió acoso, lo trataron distinto por una característica protegida o lo despidieron por una razón que la ley prohíbe, esos reclamos siguen su propio camino; nuestra guía sobre cómo presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles explica el primer paso para los reclamos de discriminación.

Si el empleador puede pagar

El Comisionado Laboral advierte que un empleador podría declararse en bancarrota o cerrar antes de pagar, y esa es una de las razones por las que sugiere considerar una oferta de acuerdo. Después de que un fallo queda firme, la oficina puede registrar un gravamen (lien) sobre los bienes inmuebles del empleador (Código Laboral de California, sección 98.2(g)), y su Unidad de Ejecución de Sentencias hace cumplir las sentencias con las mismas herramientas que cualquier sentencia civil.

Quién podría ser responsable personalmente

El Comisionado Laboral dice que, a veces, un supervisor o gerente que viola los derechos laborales de los trabajadores puede ser responsable además del empleador, y les pide a quienes presentan reclamos que pongan el nombre de cada empleador o supervisor. La sección 98(a) también le permite escuchar reclamos de multas civiles bajo el Código Laboral de California, sección 558, contra una persona que actúa en nombre del empleador.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a un cocinero de línea hipotético en Glendale que renuncia después de ocho meses y cree que se le deben unas 200 horas extras no pagadas. Su cheque final llegó a tiempo, no tiene otras quejas sobre cómo lo trataron y llevó un cuaderno con sus horas.

Su caso es sobre todo de cuentas, así que podría convenirle un reclamo salarial en la oficina de Van Nuys o de Los Ángeles: puede presentarlo sin abogado, la conferencia podría terminar en un acuerdo y un funcionario de audiencias decide lo demás. Si el empleador apela un fallo, debe depositar una fianza, y le paga a él sus honorarios si pierde la apelación. Suponga, en cambio, que al mismo cocinero lo hubieran despedido después de quejarse y que todavía no le hubieran pagado su salario final. Entonces una demanda podría merecer una revisión más detenida, porque detendría la multa por tiempo de espera, agregaría el reclamo por represalias y pondría en juego la regla de honorarios de la sección 1194. Ningún camino promete un resultado; los hechos deciden cuál conviene.

Errores comunes al escoger un camino

  • Faltar a la conferencia de conciliación. El Comisionado Laboral dice que el reclamo se desestimará si usted no asiste, a menos que demuestre una causa justificada.
  • Firmar un acuerdo en el papel equivocado. La oficina solo hace cumplir los acuerdos firmados en sus propios formularios.
  • Llevar una sola copia a la audiencia. El Comisionado Laboral sugiere una copia para usted, una para el funcionario de audiencias y una para cada demandado, y solo se toman en cuenta las pruebas que se presentan en la audiencia.
  • Creer que un reclamo salarial detiene la multa por tiempo de espera. Solo el pago o una demanda judicial la detienen.
  • Dejar que se cierre el plazo para apelar. Si ninguna de las partes apela a tiempo, el fallo queda firme (sección 98.2(d)).
  • Mudarse sin avisar. La sección 98(a) exige que una parte informe por escrito un cambio de dirección dentro de 10 días mientras el reclamo está pendiente.

Qué hacer esta semana

  1. Haga una lista de lo que se le debe por tipo: salario mínimo, horas extras, descansos, pago final, vacaciones o gastos.
  2. Anote cualquier otra cosa que haya pasado en el trabajo, como una queja que usted hizo, un despido o un trato injusto.
  3. Pida por escrito sus registros de nómina y su expediente de personal, y junte sus talones de pago y su propio registro de horas.
  4. Averigüe el nombre legal y la dirección correctos del empleador, y los nombres de los supervisores involucrados.
  5. Revise los plazos, sobre todo si el trabajo terminó en los últimos 30 días y el pago final está atrasado.
  6. Hable con un abogado laboral antes de presentar nada, para que lo primero que presente se ajuste al caso completo.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para presentar un reclamo salarial ante el Comisionado Laboral?

No. El proceso está diseñado para ser informal, y el Comisionado Laboral ayuda a los trabajadores a presentar el reclamo. En una apelación, usted puede representarse a sí mismo o contratar a un abogado, y un trabajador de bajos ingresos puede pedirle representación al Comisionado Laboral cuando el empleador apela.

¿Puedo presentar un reclamo salarial si no tengo papeles?

Sí. El Comisionado Laboral dice que las leyes laborales de California protegen a todos los trabajadores sin importar su estatus migratorio, y su proceso de reclamos salariales está abierto para ellos.

¿Qué pasa si mi empleador no se presenta a la audiencia?

El Comisionado Laboral dice que el funcionario de audiencias decidirá el reclamo con las pruebas y el testimonio que usted presente. Si es usted quien no asiste, el reclamo se desestima.

¿Qué pasa si mi empleador no paga el fallo?

Una vez que el fallo se registra como sentencia, la Unidad de Ejecución de Sentencias del Comisionado Laboral puede hacerla cumplir como cualquier otra sentencia civil, y la oficina puede registrar un gravamen sobre los bienes inmuebles del empleador (sección 98.2(g)).

¿Puedo cambiar a una demanda después de presentar un reclamo salarial?

Eso depende de qué tan avanzado esté el reclamo y de qué más quiera reclamar, así que pida asesoría antes de la audiencia. Si se emite un fallo, cualquiera de las partes todavía puede llevar el caso al Tribunal Superior por medio de la apelación de la sección 98.2.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law a escoger?

Revisamos lo que se le debe, qué más pasó en el trabajo y cómo ha respondido el empleador, y después le explicamos qué camino conviene. Podemos preparar y presentar un reclamo salarial, o llevar el caso al tribunal cuando eso conviene más. Nadie puede garantizar un resultado, pero un plan claro desde el principio puede ahorrar tiempo más adelante. Nuestra página sobre los reclamos laborales en el Condado de Los Ángeles enumera las agencias y los palacios de justicia locales. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.

Fuentes

  1. Código Laboral de California, sección 98: audiencias ante el Comisionado Laboral (California Legislative Information)
  2. Código Laboral de California, sección 98.2: apelaciones de los fallos del Comisionado Laboral (California Legislative Information)
  3. Código Laboral de California, sección 98.7: quejas por represalias ante el Comisionado Laboral (California Legislative Information)
  4. Código Laboral de California, sección 1194: cobro del salario mínimo y las horas extras no pagados (California Legislative Information)
  5. Código Laboral de California, sección 218.5: honorarios de abogado en demandas salariales (California Legislative Information)
  6. Código Laboral de California, sección 432: copias de los documentos firmados (California Legislative Information)
  7. Oficina del Comisionado Laboral (Labor Commissioner's Office): cómo presentar un reclamo salarial
  8. Oficina del Comisionado Laboral: la conferencia de conciliación
  9. Oficina del Comisionado Laboral: la audiencia del reclamo salarial
  10. Oficina del Comisionado Laboral: después de la audiencia
  11. Oficina del Comisionado Laboral: Unidad de Ejecución de Sentencias (Judgment Enforcement Unit)
  12. Oficina del Comisionado Laboral: multa por tiempo de espera (waiting time penalty)
  13. Oficina del Comisionado Laboral: preguntas frecuentes sobre el salario mínimo
  14. Oficina del Comisionado Laboral: ubicaciones, contactos y horarios
  15. Tribunal Superior de Los Ángeles (Los Angeles Superior Court): anexo a la hoja de presentación del caso civil y declaración de ubicación (LASC CIV 109)

¿No sabe qué camino tomar?

Nuestro equipo de Glendale puede revisar lo que se le debe y explicarle si a su situación le conviene más un reclamo salarial o una demanda.

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