Derecho Laboral

¿Tengo derecho a licencia por duelo en California?

Sí, si su empleador tiene cinco o más empleados y usted ha trabajado allí por lo menos 30 días. El Código de Gobierno de California, sección 12945.7, le permite tomar hasta cinco días de licencia por duelo después de la muerte de un familiar, y los días se deben usar dentro de los tres meses después de la muerte. La licencia puede ser sin pago, pero usted puede usar sus vacaciones, su licencia personal, su licencia por enfermedad o su tiempo compensatorio para recibir pago.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

Según el Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department), el derecho a la licencia por duelo entró en vigor el 1 de enero de 2023, así que todavía es nuevo para muchos empleados y empleadores. Esta página explica quién califica, cómo funciona la licencia, cómo recibir pago por ella y qué hacer si un empleador se la niega o le castiga por tomarla. Para conocer otras protecciones en el trabajo, vea nuestra página de derecho laboral.

¿Cómo funciona la licencia por duelo, paso a paso?

  1. Revise si califica. Su empleador tiene cinco o más empleados, o es un empleador público, y usted ha trabajado allí por lo menos 30 días antes de que empiece la licencia (Cód. de Gobierno 12945.7(a)).
  2. Revise la política del empleador. La licencia se toma bajo cualquier política de duelo que ya exista, y el Departamento de Derechos Civiles dice que usted debe seguir sus procedimientos, como avisarle a recursos humanos.
  3. Pida los días. Puede tomar hasta cinco días por cada familiar cubierto que muera, y no tienen que ser seguidos (sección 12945.7(b) y (c)).
  4. Decida cómo recibir pago. Si la política no paga, usted puede usar sus vacaciones, su licencia personal, la licencia por enfermedad acumulada y disponible, o su tiempo compensatorio (sección 12945.7(e)).
  5. Entregue pruebas solo si se las piden. Los documentos se deben entregar dentro de los 30 días desde el primer día de licencia, no antes de irse (sección 12945.7(f)).
  6. Termine dentro de tres meses. Todos los días se deben usar dentro de los tres meses desde la fecha de la muerte (sección 12945.7(d)).
  7. Regrese al trabajo. El empleador no puede despedirle, degradarle, multarle, suspenderle ni discriminarle de otra manera por tomar la licencia (sección 12945.7(g)).

¿Quién califica para la licencia por duelo?

La licencia por duelo bajo el Código de Gobierno, sección 12945.7
PreguntaRespuestaDónde está en la ley
¿Qué empleadores?Empleadores privados con cinco o más empleados, además del estado, las ciudades, los condados y otros empleadores públicos12945.7(a)(2)
¿Qué empleados?Cualquier persona empleada por lo menos 30 días antes de que empiece la licencia12945.7(a)(1)
¿Por la muerte de quién?Cónyuge, hijo o hija, padre o madre, hermano o hermana, abuelo o abuela, nieto o nieta, pareja doméstica, o suegro o suegra12945.7(a)(3)
¿Cuántos días?Hasta cinco días por cada familiar que muera12945.7(b); preguntas frecuentes del CRD
¿Todos juntos?No. Los días no tienen que ser seguidos12945.7(c)
¿Para cuándo?Dentro de los tres meses desde la fecha de la muerte12945.7(d)
¿Prueba de la muerte?Solo si el empleador la pide, dentro de los 30 días desde el primer día de licencia12945.7(f)
¿Pagada?Según la política del empleador; si no, sin pago, pero puede usar otra licencia pagada12945.7(e)
¿Se mantiene privada?Sí. La solicitud y los documentos son confidenciales12945.7(i)

Un empleador puede decidir permitir la licencia por duelo por la muerte de alguien que no está en esa lista, pero la ley no lo exige. Algunos empleados estatales están cubiertos por una ley estatal aparte (sección 12945.7(a)(1)(B)).

¿La licencia por duelo es pagada?

La ley garantiza el tiempo libre, no el pago. Bajo la sección 12945.7(e), la licencia se toma bajo la política de duelo que ya tenga el empleador, si tiene una. Si no hay una política, la licencia puede ser sin pago, pero usted puede usar sus vacaciones, su licencia personal, la licencia por enfermedad acumulada y disponible, o su tiempo compensatorio. Si la política del empleador da menos de cinco días, de todos modos usted recibe cinco días en total: los días pagados bajo la política, más días sin pago por el resto, que de nuevo puede cubrir con otra licencia pagada que tenga disponible. Las preguntas frecuentes del Departamento de Derechos Civiles dicen que, si usted tiene ese tipo de licencia disponible, el empleador está obligado a dejarle usarla para que le paguen. Nuestra página sobre la licencia por enfermedad pagada en California explica cuánto tiempo por enfermedad debería tener.

¿Qué pasa si muere más de un familiar en el mismo año?

Las preguntas frecuentes del Departamento de Derechos Civiles dicen que los cinco días se aplican a la muerte de cada familiar. Su ejemplo: un empleado que pierde a su padre o madre, a un hijo y a un abuelo en el mismo año puede tomar tres períodos separados de cinco días de licencia por duelo. Las preguntas frecuentes también explican que la licencia por duelo es aparte de, y además de, las 12 semanas de licencia familiar y médica bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) y los hasta cuatro meses de licencia por discapacidad por embarazo (sección 12945.7(j)). Vea nuestra página sobre la licencia por embarazo y la protección del empleo para esos derechos, incluidos los cinco días aparte de licencia por pérdida reproductiva después de un aborto espontáneo, un bebé que nace sin vida o una adopción fallida.

El tiempo dedicado a cuidar a un pariente antes de su muerte es un derecho distinto. La licencia familiar y médica bajo el Código de Gobierno, sección 12945.2, cubre el cuidado de un familiar con una condición de salud grave, y nuestra página sobre el despido después de pedir una licencia médica explica qué pasa cuando esa licencia se usa en su contra.

¿Tengo que probar la muerte?

Solo si el empleador lo pide, y no antes de que empiece la licencia. La sección 12945.7(f) dice que, si se lo piden, el empleado debe entregar los documentos dentro de los 30 días desde el primer día de licencia. Los documentos pueden ser un acta de defunción, un obituario publicado, o una verificación por escrito de la muerte, el entierro o un servicio en memoria de parte de una funeraria, una casa funeraria, una sociedad de entierros, un crematorio, una institución religiosa o una agencia del gobierno. El empleador debe mantener confidenciales la solicitud y los documentos, y solo puede compartirlos con personal interno o con sus abogados cuando sea necesario o cuando la ley lo exija (sección 12945.7(i)).

¿Puede mi empleador castigarme por tomarla?

No. La sección 12945.7(g) hace que sea una práctica laboral ilegal negarse a contratar, despedir, degradar, multar, suspender o discriminar a alguien por ejercer el derecho a la licencia por duelo, o por dar información o testimonio sobre su propia licencia o la de otra persona. La sección 12945.7(h), por separado, prohíbe interferir con ese derecho, limitarlo o negarlo. Las preguntas frecuentes agregan que un empleador no puede tomar una acción negativa en su contra por quejarse ante el Departamento de Derechos Civiles sobre su propia licencia o la de un compañero de trabajo.

¿Qué cambia la respuesta?

Quién murió

La sección 12945.7(a)(3) usa las definiciones de la sección 12945.2. "Hijo" incluye a un hijo biológico, adoptado o de crianza temporal (foster), a un hijastro, a un menor bajo tutela legal, al hijo de una pareja doméstica, o a alguien para quien usted hizo el papel de padre o madre. "Padre" incluye a un padrastro o madrastra, a un tutor legal, o a alguien que hizo el papel de padre o madre para usted cuando era niño, y "suegro" significa el padre o la madre de un cónyuge o pareja doméstica. Los tíos, los primos y los amigos cercanos no están en la lista, y la "persona designada" que permite la licencia familiar y médica tampoco forma parte de la lista para el duelo.

La propia política de su empleador

Una política que da menos de cinco días, pagados o no, no limita la licencia; usted sigue teniendo derecho a cinco días en total (sección 12945.7(e)(3) y (4)). Una política más generosa se aplica tal como está escrita.

El tamaño del empleador

En los empleadores con 5 a 19 empleados, el Código de Gobierno, sección 12945.21, establece un programa de mediación de licencias familiares para empleadores pequeños. Cuando un empleado pide un aviso inmediato de derecho a demandar (right-to-sue) por un reclamo de licencia por duelo, cualquiera de las partes puede pedir la mediación, y el empleado no puede demandar por ese reclamo hasta que la mediación termine o se considere sin éxito. El plazo para demandar se detiene mientras dura la mediación, y el mediador debe informar al empleado de su derecho a pedir sus registros de pago y su expediente de personal bajo el Código Laboral de California, secciones 226 y 1198.5. Nuestra página sobre cómo obtener su expediente de personal y sus registros de nómina explica esas solicitudes.

Un contrato sindical

Un convenio colectivo puede reemplazar a la ley solo si da expresamente una licencia por duelo equivalente y cumple las condiciones de salario y horas extras de la sección 12945.7(k).

Si la muerte fue causada por un delito

Si un familiar murió como resultado de un acto de violencia que califique, el Código de Gobierno, sección 12945.8, podría darle tiempo libre protegido adicional en un empleador con 25 o más empleados, para fines como asistir a procedimientos legales relacionados o buscar consejería. Los límites más cortos de la sección 12945.8(i) solo se aplican cuando el familiar no murió, y el aviso oficial que exige esa sección debe decirles a los empleados que podrían calificar para los dos tipos de licencia.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a una tenedora de libros hipotética en una empresa de Glendale con 12 empleados, que lleva dos años trabajando allí. Su padrastro, que la crió, muere un lunes. El manual de la empresa da tres días pagados de licencia por duelo. Ella toma dos días esa semana y planea tomar tres días más cinco semanas después, cuando la familia hace el servicio en memoria fuera del estado.

Aquí se aplican varias reglas. Un padrastro cuenta como padre, así que ella está cubierta. Los tres días del manual no limitan su licencia: tiene derecho a cinco, tres pagados bajo la política y dos sin pago, que puede cubrir con sus vacaciones o su licencia por enfermedad. Los días posteriores están bien porque caen dentro de los tres meses después de la muerte. Si el gerente pide pruebas, basta con un obituario o una carta de la casa funeraria entregados dentro de los 30 días desde su primer día de licencia.

Cuando regresa, su gerente le hace una amonestación por escrito por no cumplir una fecha límite durante el viaje al servicio en memoria. Si la amonestación fue una represalia dependería de hechos que todavía no se conocen, como el trato que recibieron otros trabajos entregados tarde. Como la empresa tiene menos de 20 empleados, la mediación podría venir antes de cualquier demanda si ella decide presentar un reclamo.

Errores comunes con la licencia por duelo

  • Tomar la política de tres días del empleador como el límite. La ley garantiza cinco días en total.
  • Creer que los días se deben usar todos juntos. Se pueden dividir, siempre que se usen dentro de los tres meses.
  • Dejar pasar el plazo de 30 días para los documentos. Si el empleador los pide, envíelos dentro de los 30 días desde el primer día de licencia, y guarde una copia.
  • No usar la licencia pagada que tiene. Puede usar sus vacaciones, su licencia personal, su licencia por enfermedad o su tiempo compensatorio para los días que la política no paga.
  • Esperar para quejarse. Los plazos del Departamento de Derechos Civiles siguen corriendo; nuestra tabla de plazos para reclamos laborales en California los muestra.

Qué hacer esta semana

  1. Busque la política de duelo de su empleador y siga su procedimiento para avisar.
  2. Envíe una solicitud breve por escrito con las fechas que va a tomar y la licencia pagada que quiere usar.
  3. Reúna un acta de defunción, un obituario o una carta de la casa funeraria por si el empleador los pide.
  4. Marque en su calendario la fecha que cae tres meses después de la muerte.
  5. Si le negaron la licencia o le aplicaron una medida disciplinaria, guarde los mensajes y anote lo que se dijo, con fechas. Si perdió su trabajo, siga nuestra lista para la primera semana después de un despido.

Preguntas frecuentes

¿La licencia por duelo se aplica a los trabajadores de medio tiempo?

Sí. La sección 12945.7 no fija un requisito de horas; el empleado debe haber estado empleado por lo menos 30 días antes de que empiece la licencia, en un empleador con cinco o más empleados.

¿Puedo usar mi licencia por enfermedad pagada para el duelo?

Sí. La sección 12945.7(e) le permite usar la licencia por enfermedad acumulada y disponible, además de sus vacaciones, su licencia personal o su tiempo compensatorio, durante una licencia por duelo que de otro modo sería sin pago.

¿La licencia por duelo se descuenta de mi licencia familiar y médica?

No. La sección 12945.7(j) la hace aparte y distinta de la licencia bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA), y las preguntas frecuentes del Departamento de Derechos Civiles dicen que es además de la licencia por discapacidad por embarazo.

¿Qué pasa si mi empleador tiene menos de cinco empleados?

La ley no se aplica, aunque el empleador todavía puede dar una licencia bajo su propia política. Otras protecciones, como la licencia por enfermedad pagada, todavía podrían ayudarle.

La muerte fue causada por el descuido de otra persona. ¿Eso cambia algo en el trabajo?

No cambia la licencia por duelo en sí. La familia podría tener un reclamo aparte contra la persona responsable, que explica nuestra página sobre las demandas por muerte injusta (wrongful death) y los reclamos de supervivencia (survival) en California.

También tengo que encargarme de los bienes de mi pariente. ¿Por dónde empiezo?

Muchas familias pueden cobrar los bienes de un pariente sin un proceso sucesorio (probate) cuando el patrimonio es pequeño. Nuestra página sobre el límite para patrimonios pequeños en California explica cuándo se aplica.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law?

Perder a un familiar ya es bastante difícil sin tener un conflicto en el trabajo. Si su empleador le negó la licencia por duelo o la usó en su contra, podemos revisar lo que pasó y explicarle sus opciones, incluida una queja ante el Departamento de Derechos Civiles y el aviso de derecho a demandar que normalmente viene antes de una demanda. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.

¿Le negaron tiempo libre después de una muerte en la familia?

Nuestro equipo en Glendale puede revisar lo que hizo su empleador y explicarle las protecciones que le da la ley de California.

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