Derecho Laboral
Si su empleador tiene cinco o más empleados, usted puede tomar hasta cuatro meses de licencia por discapacidad por embarazo (PDL) en cada embarazo mientras su proveedor de salud diga que no puede trabajar, sin un tiempo mínimo en el trabajo. Si también califica bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA), puede sumar hasta 12 semanas laborales más para crear un vínculo con el bebé, y en ambos casos su empleador generalmente debe devolverle el mismo puesto.
Actualizado el 5 de octubre de 2026.
El embarazo está protegido de dos maneras. Es una característica protegida, así que un empleador no puede despedir, degradar ni negarse a contratar a alguien por estar embarazada, y también da derecho a licencias, adaptaciones (accommodations) y derechos de lactancia específicos. Esta página trata esos derechos específicos. Las protecciones más amplias contra la discriminación están en nuestra página de derecho laboral.
El Código de Gobierno de California, sección 12945(a)(1), le da a una empleada discapacitada por embarazo, parto o una condición médica relacionada el derecho a tomar una licencia por un período razonable de hasta cuatro meses y luego regresar al trabajo. El aviso a los empleados del Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department) explica que cuatro meses significa los días laborales que usted trabajaría normalmente en un tercio de un año, o 17 1/3 semanas para una empleada de tiempo completo. La licencia se aplica en empleadores con cinco o más empleados, sin un tiempo mínimo en el trabajo, y las trabajadoras de medio tiempo reciben el mismo trato que las de tiempo completo.
La licencia cubre el tiempo en que usted de verdad no puede trabajar, que según la hoja informativa del departamento incluye las citas prenatales y posparto, las náuseas matutinas graves, el reposo en cama ordenado por el médico, el parto y la recuperación, y la pérdida o el fin de un embarazo; su aviso agrega condiciones como la preeclampsia y la depresión posparto. La licencia puede ser intermitente o con un horario reducido cuando su proveedor de salud lo indique. La hoja informativa señala que, en un embarazo normal, una trabajadora suele estar discapacitada unas 4 semanas antes de la fecha prevista del parto y 6 semanas después de un parto vaginal, u 8 semanas después de una cesárea.
| Derecho | Duración o regla | Quién califica | Ley |
|---|---|---|---|
| Licencia por discapacidad por embarazo | Hasta cuatro meses por embarazo, mientras esté discapacitada | Empleadas de empleadores con 5 o más empleados; sin tiempo mínimo trabajado | Cód. de Gobierno 12945 |
| Seguro médico durante la licencia por discapacidad por embarazo | El empleador sigue pagando el seguro médico de grupo, hasta cuatro meses en un período de 12 meses | Empleadas cuyo empleador normalmente paga ese seguro | Cód. de Gobierno 12945(a)(2) |
| Licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé | Hasta 12 semanas laborales en un período de 12 meses, tomadas dentro de un año desde el nacimiento | Más de 12 meses de servicio y por lo menos 1,250 horas en los últimos 12 meses; empleador con 5 o más empleados | Cód. de Gobierno 12945.2 |
| Seguro médico durante la licencia CFRA | El empleador mantiene y paga el seguro médico de grupo, hasta 12 semanas laborales en un período de 12 meses | Empleados en licencia CFRA | Cód. de Gobierno 12945.2(e) |
| Licencia por pérdida reproductiva | Hasta 5 días por cada evento (20 días en 12 meses), dentro de tres meses | Empleados con por lo menos 30 días de empleo; empleador con 5 o más empleados | Cód. de Gobierno 12945.6 |
| Tiempo y lugar para la lactancia | Un descanso razonable cada vez que necesite extraerse leche, y un lugar privado que no sea un baño | Todos los empleadores; los empleadores con menos de 50 empleados pueden alegar una dificultad excesiva (undue hardship) para algunos requisitos del cuarto | Cód. Laboral 1030, 1031 |
| Beneficios de Permiso Familiar Pagado (Paid Family Leave) | Hasta 8 semanas de pagos de beneficios en un período de 12 meses para crear un vínculo con un nuevo hijo; por sí solo no protege el empleo | Trabajadores que pagaron al Seguro Estatal de Incapacidad y cumplen la regla de ingresos del EDD | Departamento del Desarrollo del Empleo |
Sí, si califica para las dos. El Código de Gobierno, sección 12945.2, da hasta 12 semanas laborales de licencia CFRA además de la licencia por discapacidad por embarazo, que se deben completar dentro de un año desde el nacimiento, la adopción o la colocación en cuidado temporal (foster). Una solicitud de licencia CFRA no se considera concedida a menos que el empleador le garantice el mismo puesto o uno comparable cuando termine, y usted regresa sin perder antigüedad (sección 12945.2(a) y (f)). Si le despidieron después de pedir una licencia familiar o médica por otra razón, como su propia enfermedad, vea nuestra página sobre el despido después de pedir una licencia médica o una adaptación.
La ley protege el empleo, no el cheque. La licencia por discapacidad por embarazo es pagada o no pagada según la política del empleador para otras licencias médicas. Usted puede escoger usar sus vacaciones u otro tiempo libre pagado, y el empleador puede exigirle que use la licencia por enfermedad que tenga disponible, pero no puede exigirle que use sus vacaciones. Durante la licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé, la licencia por enfermedad solo se puede usar si usted y el empleador están de acuerdo (sección 12945.2(d)).
Los programas estatales cubren parte de esa falta de ingresos. Una empleada discapacitada por embarazo podría calificar para el Seguro Estatal de Incapacidad, y el Permiso Familiar Pagado (Paid Family Leave) paga beneficios hasta por 8 semanas en un período de 12 meses para crear un vínculo con un nuevo hijo. El Departamento del Desarrollo del Empleo deja claro que el Permiso Familiar Pagado da pagos pero no protege el empleo. Si su empleador normalmente paga su seguro médico de grupo, debe seguir haciéndolo hasta por cuatro meses durante la licencia por discapacidad por embarazo (sección 12945(a)(2)) y hasta por 12 semanas laborales durante la licencia CFRA (sección 12945.2(e)). Nuestra página sobre la licencia por enfermedad pagada en California explica cuánto tiempo por enfermedad debería haber acumulado.
Bajo la sección 12945(a)(3), un empleador debe dar una adaptación razonable para una condición relacionada con el embarazo o el parto cuando usted la pide con el consejo de su proveedor de salud, como tareas modificadas, un banco o una silla, o descansos más frecuentes. También puede pedir un traslado temporal a un puesto menos pesado o peligroso si se puede arreglar de forma razonable, aunque el empleador no tiene que crear un puesto, mover a un empleado con más antigüedad ni ascender a alguien que no esté calificado.
El Código Laboral de California, sección 1030, exige que todo empleador dé un descanso razonable cada vez que usted necesite extraerse leche; el tiempo que pase de sus descansos pagados no se paga. Bajo la sección 1031, el lugar debe estar cerca de su área de trabajo, protegido de la vista de otros, libre de interrupciones y nunca puede ser un baño, con una superficie para el extractor, un lugar para sentarse y electricidad, además de un lavabo y un refrigerador u otro aparato para enfriar cerca. Un empleador con menos de 50 empleados solo puede quedar libre de un requisito si demuestra una dificultad excesiva (undue hardship).
La sección 1034 exige una política de lactancia por escrito, que se debe entregar a los empleados nuevos y a cualquier persona que pregunte sobre la licencia para padres. Bajo la sección 1033, negar los descansos o el lugar para la lactancia se trata como un descanso perdido bajo la sección 226.7, el pago adicional (premium) que explicamos en nuestra guía sobre los períodos de comida y de descanso perdidos en California. El Comisionado Laboral (Labor Commissioner) recibe esos reclamos y las quejas por represalias, y puede imponer una multa civil de $100 por cada día en que se niegue el tiempo o el lugar para la lactancia. Nuestra página sobre las oficinas del Comisionado Laboral en el área de Los Ángeles explica cómo avanza un reclamo localmente.
La licencia por discapacidad por embarazo no exige un tiempo mínimo de empleo. La licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé exige más de 12 meses de servicio y por lo menos 1,250 horas en los últimos 12 meses (sección 12945.2(a)), así que una empleada más nueva podría tener la licencia por discapacidad pero no la licencia de vínculo. La licencia por pérdida reproductiva exige 30 días de empleo (sección 12945.6(a)(2)).
La sección 12945.6 da hasta cinco días de licencia después de un aborto espontáneo, un bebé que nace sin vida, una adopción fallida, una gestación subrogada fallida o una reproducción asistida sin éxito, hasta 20 días en 12 meses. Los días no tienen que ser seguidos y normalmente se toman dentro de tres meses, contados desde el final de cualquier licencia por discapacidad por embarazo o licencia CFRA que usted esté tomando. Si el empleador no tiene una política, la licencia puede ser sin pago, pero usted puede usar sus vacaciones o su licencia por enfermedad, y el empleador debe mantener confidencial la solicitud. La muerte de un familiar se cubre por separado con la licencia por duelo en California.
La sección 12945(a)(4) hace ilegal interferir con cualquier derecho por embarazo o negarlo, y las secciones 12945.2(k) y 12945.6(c) prohíben castigar a alguien por tomar la licencia CFRA o la licencia por pérdida reproductiva. Una medida disciplinaria, una reducción de horario o una mala evaluación repentina poco después de pedir una licencia pueden servir como prueba.
Por ejemplo, imagine a una empleada de ventas hipotética en una tienda de Glendale con unos 20 empleados. Lleva seis meses trabajando allí cuando su médico le aconseja no cargar cosas pesadas al final de su embarazo. Ella pide por escrito un traslado temporal a la caja registradora, adjunta la nota del médico y pide una garantía por escrito de que puede regresar a su puesto.
La tienda tiene cinco o más empleados, así que ella puede tomar la licencia por discapacidad por embarazo aunque sea nueva, y el traslado se le debe conceder si se puede arreglar de forma razonable. Su médico certifica una licencia que empieza unas cuatro semanas antes de la fecha prevista del parto y, después de una cesárea, unas ocho semanas de recuperación, dentro de los cuatro meses. Todavía tendrá menos de 12 meses de servicio cuando empezaría la licencia de vínculo, así que no califica para CFRA, y la protección de su empleo termina cuando termina la discapacidad. Los beneficios del Permiso Familiar Pagado todavía podrían estar disponibles, pero no le guardan el puesto.
Cuando regresa, pide un cuarto de lactancia que no sea el baño, y guarda un registro con fechas de cada solicitud y cada respuesta. Si lo que haga la tienda después es legal o no dependería de hechos que todavía no se conocen.
Sí. La hoja informativa del Departamento de Derechos Civiles dice que los empleados de tiempo completo y de medio tiempo reciben el mismo trato, sin un requisito de horas ni de tiempo en el empleo. El empleador debe tener cinco o más empleados.
Sí, si califica. La licencia CFRA para crear un vínculo cubre el nacimiento del hijo del empleado, así que un padre o una madre que cumpla las reglas de 12 meses y 1,250 horas puede tomar hasta 12 semanas laborales dentro de un año desde el nacimiento.
No. El empleador puede exigirle que use la licencia por enfermedad acumulada durante una parte no pagada de la licencia, pero no puede exigirle que use sus vacaciones. Usted puede escoger usarlas.
La licencia no protege contra decisiones que no tienen que ver con el embarazo, como un recorte de personal, pero la hoja informativa del Departamento de Derechos Civiles dice que es ilegal despedir a una empleada porque está embarazada o porque está tomando la licencia por discapacidad por embarazo. El momento de la decisión y los registros del empleador pueden mostrar la verdadera razón.
El Código de Gobierno, sección 12960, da tres años desde la práctica ilegal para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles, y la sección 12965 luego da generalmente un año desde el aviso de derecho a demandar (right-to-sue) para demandar. Nuestra guía sobre el proceso de quejas ante el Departamento de Derechos Civiles explica los pasos.
No. El proveedor de salud no puede revelar el diagnóstico de fondo sin su consentimiento. La certificación indica la razón de la licencia y su duración probable.
Ayudamos a empleados en Glendale y en todo el Condado de Los Ángeles a entender sus derechos de licencia, a documentar lo que pasó y a responder cuando un empleador niega una licencia o termina un empleo durante o después de un embarazo. Los trabajadores de la zona pueden leer sobre las agencias y los tribunales locales en nuestra página de abogado laboral en Glendale. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.
Nuestro equipo en Glendale puede revisar lo que su empleador dijo e hizo y explicarle las protecciones que le da la ley de California.
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