Derecho Laboral

¿Qué licencia y qué protección de mi empleo tengo por embarazo en California?

Si su empleador tiene cinco o más empleados, usted puede tomar hasta cuatro meses de licencia por discapacidad por embarazo (PDL) en cada embarazo mientras su proveedor de salud diga que no puede trabajar, sin un tiempo mínimo en el trabajo. Si también califica bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA), puede sumar hasta 12 semanas laborales más para crear un vínculo con el bebé, y en ambos casos su empleador generalmente debe devolverle el mismo puesto.

Actualizado el 5 de octubre de 2026.

El embarazo está protegido de dos maneras. Es una característica protegida, así que un empleador no puede despedir, degradar ni negarse a contratar a alguien por estar embarazada, y también da derecho a licencias, adaptaciones (accommodations) y derechos de lactancia específicos. Esta página trata esos derechos específicos. Las protecciones más amplias contra la discriminación están en nuestra página de derecho laboral.

¿Cómo funciona la licencia por embarazo, paso a paso?

  1. Avísele a su empleador. Dé un aviso con 30 días de anticipación cuando la necesidad de la licencia, de un traslado o de una adaptación se pueda prever, o avise lo antes posible en una emergencia. Póngalo por escrito.
  2. Entregue una nota médica si se la piden. El empleador puede pedir una certificación por escrito de su proveedor de salud y debe darle por lo menos 15 días calendario para entregarla. El proveedor no puede revelar el diagnóstico sin su consentimiento.
  3. Pida la garantía de regreso. Una vez que usted dice que necesita la licencia por discapacidad por embarazo, el empleador debe garantizarle por escrito, si usted lo pide, que puede regresar a su mismo puesto o, en algunas situaciones, a uno comparable con las mismas tareas, habilidades, beneficios y sueldo.
  4. Siga trabajando con adaptaciones, si puede. Con el consejo de su proveedor de salud, puede pedir cambios en sus tareas o un traslado temporal.
  5. Tome la licencia mientras esté discapacitada. Su proveedor de salud decide cuánto tiempo necesita, hasta cuatro meses por embarazo. Puede solicitar el Seguro Estatal de Incapacidad (State Disability Insurance) ante el Departamento del Desarrollo del Empleo (Employment Development Department, EDD).
  6. Pase a la licencia para crear un vínculo con el bebé, si califica. Una persona que dio a luz generalmente toma la licencia de vínculo bajo la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) después de que termina la licencia por discapacidad.
  7. Regrese al trabajo. Si su fecha de regreso cambió, o si no se acordó ninguna, el empleador debe reincorporarle dentro de dos días hábiles después de que usted avise que piensa regresar, cuando sea posible.

¿Cuánto tiempo de licencia por embarazo puedo tomar?

El Código de Gobierno de California, sección 12945(a)(1), le da a una empleada discapacitada por embarazo, parto o una condición médica relacionada el derecho a tomar una licencia por un período razonable de hasta cuatro meses y luego regresar al trabajo. El aviso a los empleados del Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department) explica que cuatro meses significa los días laborales que usted trabajaría normalmente en un tercio de un año, o 17 1/3 semanas para una empleada de tiempo completo. La licencia se aplica en empleadores con cinco o más empleados, sin un tiempo mínimo en el trabajo, y las trabajadoras de medio tiempo reciben el mismo trato que las de tiempo completo.

La licencia cubre el tiempo en que usted de verdad no puede trabajar, que según la hoja informativa del departamento incluye las citas prenatales y posparto, las náuseas matutinas graves, el reposo en cama ordenado por el médico, el parto y la recuperación, y la pérdida o el fin de un embarazo; su aviso agrega condiciones como la preeclampsia y la depresión posparto. La licencia puede ser intermitente o con un horario reducido cuando su proveedor de salud lo indique. La hoja informativa señala que, en un embarazo normal, una trabajadora suele estar discapacitada unas 4 semanas antes de la fecha prevista del parto y 6 semanas después de un parto vaginal, u 8 semanas después de una cesárea.

Licencias relacionadas con el embarazo y derechos relacionados en California
DerechoDuración o reglaQuién calificaLey
Licencia por discapacidad por embarazoHasta cuatro meses por embarazo, mientras esté discapacitadaEmpleadas de empleadores con 5 o más empleados; sin tiempo mínimo trabajadoCód. de Gobierno 12945
Seguro médico durante la licencia por discapacidad por embarazoEl empleador sigue pagando el seguro médico de grupo, hasta cuatro meses en un período de 12 mesesEmpleadas cuyo empleador normalmente paga ese seguroCód. de Gobierno 12945(a)(2)
Licencia CFRA para crear un vínculo con el bebéHasta 12 semanas laborales en un período de 12 meses, tomadas dentro de un año desde el nacimientoMás de 12 meses de servicio y por lo menos 1,250 horas en los últimos 12 meses; empleador con 5 o más empleadosCód. de Gobierno 12945.2
Seguro médico durante la licencia CFRAEl empleador mantiene y paga el seguro médico de grupo, hasta 12 semanas laborales en un período de 12 mesesEmpleados en licencia CFRACód. de Gobierno 12945.2(e)
Licencia por pérdida reproductivaHasta 5 días por cada evento (20 días en 12 meses), dentro de tres mesesEmpleados con por lo menos 30 días de empleo; empleador con 5 o más empleadosCód. de Gobierno 12945.6
Tiempo y lugar para la lactanciaUn descanso razonable cada vez que necesite extraerse leche, y un lugar privado que no sea un bañoTodos los empleadores; los empleadores con menos de 50 empleados pueden alegar una dificultad excesiva (undue hardship) para algunos requisitos del cuartoCód. Laboral 1030, 1031
Beneficios de Permiso Familiar Pagado (Paid Family Leave)Hasta 8 semanas de pagos de beneficios en un período de 12 meses para crear un vínculo con un nuevo hijo; por sí solo no protege el empleoTrabajadores que pagaron al Seguro Estatal de Incapacidad y cumplen la regla de ingresos del EDDDepartamento del Desarrollo del Empleo

¿Puedo tomar la licencia para crear un vínculo con el bebé además de la licencia por embarazo?

Sí, si califica para las dos. El Código de Gobierno, sección 12945.2, da hasta 12 semanas laborales de licencia CFRA además de la licencia por discapacidad por embarazo, que se deben completar dentro de un año desde el nacimiento, la adopción o la colocación en cuidado temporal (foster). Una solicitud de licencia CFRA no se considera concedida a menos que el empleador le garantice el mismo puesto o uno comparable cuando termine, y usted regresa sin perder antigüedad (sección 12945.2(a) y (f)). Si le despidieron después de pedir una licencia familiar o médica por otra razón, como su propia enfermedad, vea nuestra página sobre el despido después de pedir una licencia médica o una adaptación.

¿Me pagarán mientras esté fuera?

La ley protege el empleo, no el cheque. La licencia por discapacidad por embarazo es pagada o no pagada según la política del empleador para otras licencias médicas. Usted puede escoger usar sus vacaciones u otro tiempo libre pagado, y el empleador puede exigirle que use la licencia por enfermedad que tenga disponible, pero no puede exigirle que use sus vacaciones. Durante la licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé, la licencia por enfermedad solo se puede usar si usted y el empleador están de acuerdo (sección 12945.2(d)).

Los programas estatales cubren parte de esa falta de ingresos. Una empleada discapacitada por embarazo podría calificar para el Seguro Estatal de Incapacidad, y el Permiso Familiar Pagado (Paid Family Leave) paga beneficios hasta por 8 semanas en un período de 12 meses para crear un vínculo con un nuevo hijo. El Departamento del Desarrollo del Empleo deja claro que el Permiso Familiar Pagado da pagos pero no protege el empleo. Si su empleador normalmente paga su seguro médico de grupo, debe seguir haciéndolo hasta por cuatro meses durante la licencia por discapacidad por embarazo (sección 12945(a)(2)) y hasta por 12 semanas laborales durante la licencia CFRA (sección 12945.2(e)). Nuestra página sobre la licencia por enfermedad pagada en California explica cuánto tiempo por enfermedad debería haber acumulado.

¿Qué adaptaciones puedo pedir mientras sigo trabajando?

Bajo la sección 12945(a)(3), un empleador debe dar una adaptación razonable para una condición relacionada con el embarazo o el parto cuando usted la pide con el consejo de su proveedor de salud, como tareas modificadas, un banco o una silla, o descansos más frecuentes. También puede pedir un traslado temporal a un puesto menos pesado o peligroso si se puede arreglar de forma razonable, aunque el empleador no tiene que crear un puesto, mover a un empleado con más antigüedad ni ascender a alguien que no esté calificado.

¿Cuáles son mis derechos de lactancia cuando regreso?

El Código Laboral de California, sección 1030, exige que todo empleador dé un descanso razonable cada vez que usted necesite extraerse leche; el tiempo que pase de sus descansos pagados no se paga. Bajo la sección 1031, el lugar debe estar cerca de su área de trabajo, protegido de la vista de otros, libre de interrupciones y nunca puede ser un baño, con una superficie para el extractor, un lugar para sentarse y electricidad, además de un lavabo y un refrigerador u otro aparato para enfriar cerca. Un empleador con menos de 50 empleados solo puede quedar libre de un requisito si demuestra una dificultad excesiva (undue hardship).

La sección 1034 exige una política de lactancia por escrito, que se debe entregar a los empleados nuevos y a cualquier persona que pregunte sobre la licencia para padres. Bajo la sección 1033, negar los descansos o el lugar para la lactancia se trata como un descanso perdido bajo la sección 226.7, el pago adicional (premium) que explicamos en nuestra guía sobre los períodos de comida y de descanso perdidos en California. El Comisionado Laboral (Labor Commissioner) recibe esos reclamos y las quejas por represalias, y puede imponer una multa civil de $100 por cada día en que se niegue el tiempo o el lugar para la lactancia. Nuestra página sobre las oficinas del Comisionado Laboral en el área de Los Ángeles explica cómo avanza un reclamo localmente.

¿Qué cambia la respuesta?

Cuánto tiempo lleva trabajando allí

La licencia por discapacidad por embarazo no exige un tiempo mínimo de empleo. La licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé exige más de 12 meses de servicio y por lo menos 1,250 horas en los últimos 12 meses (sección 12945.2(a)), así que una empleada más nueva podría tener la licencia por discapacidad pero no la licencia de vínculo. La licencia por pérdida reproductiva exige 30 días de empleo (sección 12945.6(a)(2)).

Si el embarazo terminó en una pérdida

La sección 12945.6 da hasta cinco días de licencia después de un aborto espontáneo, un bebé que nace sin vida, una adopción fallida, una gestación subrogada fallida o una reproducción asistida sin éxito, hasta 20 días en 12 meses. Los días no tienen que ser seguidos y normalmente se toman dentro de tres meses, contados desde el final de cualquier licencia por discapacidad por embarazo o licencia CFRA que usted esté tomando. Si el empleador no tiene una política, la licencia puede ser sin pago, pero usted puede usar sus vacaciones o su licencia por enfermedad, y el empleador debe mantener confidencial la solicitud. La muerte de un familiar se cubre por separado con la licencia por duelo en California.

Si el empleador interfirió o tomó represalias

La sección 12945(a)(4) hace ilegal interferir con cualquier derecho por embarazo o negarlo, y las secciones 12945.2(k) y 12945.6(c) prohíben castigar a alguien por tomar la licencia CFRA o la licencia por pérdida reproductiva. Una medida disciplinaria, una reducción de horario o una mala evaluación repentina poco después de pedir una licencia pueden servir como prueba.

Un ejemplo práctico

Por ejemplo, imagine a una empleada de ventas hipotética en una tienda de Glendale con unos 20 empleados. Lleva seis meses trabajando allí cuando su médico le aconseja no cargar cosas pesadas al final de su embarazo. Ella pide por escrito un traslado temporal a la caja registradora, adjunta la nota del médico y pide una garantía por escrito de que puede regresar a su puesto.

La tienda tiene cinco o más empleados, así que ella puede tomar la licencia por discapacidad por embarazo aunque sea nueva, y el traslado se le debe conceder si se puede arreglar de forma razonable. Su médico certifica una licencia que empieza unas cuatro semanas antes de la fecha prevista del parto y, después de una cesárea, unas ocho semanas de recuperación, dentro de los cuatro meses. Todavía tendrá menos de 12 meses de servicio cuando empezaría la licencia de vínculo, así que no califica para CFRA, y la protección de su empleo termina cuando termina la discapacidad. Los beneficios del Permiso Familiar Pagado todavía podrían estar disponibles, pero no le guardan el puesto.

Cuando regresa, pide un cuarto de lactancia que no sea el baño, y guarda un registro con fechas de cada solicitud y cada respuesta. Si lo que haga la tienda después es legal o no dependería de hechos que todavía no se conocen.

Errores comunes con la licencia por embarazo

  • Pedirlo solo de palabra. Envíe por escrito las solicitudes de licencia, traslado y adaptación, y guarde las respuestas.
  • No pedir la garantía de regreso por escrito. El empleador debe dársela si usted la pide.
  • Creer que el Permiso Familiar Pagado protege el empleo. Paga beneficios; la protección viene de la licencia por discapacidad por embarazo y de CFRA.
  • Creer que necesita un año en el trabajo. Esa regla se aplica a la licencia CFRA para crear un vínculo con el bebé, no a la licencia por discapacidad por embarazo.
  • Aceptar un baño como cuarto de lactancia. La sección 1031 lo descarta.
  • Esperar demasiado después de un despido. Nuestra tabla de plazos para reclamos laborales en California enumera los límites de tiempo.

Qué hacer esta semana

  1. Busque las políticas de licencias y de lactancia de su empleador y guarde copias.
  2. Envíe una solicitud por escrito de la licencia, el traslado o la adaptación que necesita, con fechas, y pida la garantía de regreso.
  3. Pida a su proveedor de salud una certificación de la necesidad y de la duración esperada, sin el diagnóstico.
  4. Cuando llegue el momento, inicie un reclamo del Seguro Estatal de Incapacidad o del Permiso Familiar Pagado ante el Departamento del Desarrollo del Empleo.
  5. Lleve un registro con fechas de las conversaciones; nuestra página sobre si puede grabar a su jefe explica por qué las notas son más seguras que las grabaciones secretas.
  6. Si le despidieron, siga nuestra lista para la primera semana después de un despido.

Preguntas frecuentes

¿La licencia por embarazo se aplica a las trabajadoras de medio tiempo?

Sí. La hoja informativa del Departamento de Derechos Civiles dice que los empleados de tiempo completo y de medio tiempo reciben el mismo trato, sin un requisito de horas ni de tiempo en el empleo. El empleador debe tener cinco o más empleados.

¿Mi pareja también puede tomar la licencia para crear un vínculo con el bebé?

Sí, si califica. La licencia CFRA para crear un vínculo cubre el nacimiento del hijo del empleado, así que un padre o una madre que cumpla las reglas de 12 meses y 1,250 horas puede tomar hasta 12 semanas laborales dentro de un año desde el nacimiento.

¿Puede mi empleador obligarme a usar mis vacaciones durante la licencia por embarazo?

No. El empleador puede exigirle que use la licencia por enfermedad acumulada durante una parte no pagada de la licencia, pero no puede exigirle que use sus vacaciones. Usted puede escoger usarlas.

¿Me pueden despedir en un recorte de personal mientras estoy en licencia por embarazo?

La licencia no protege contra decisiones que no tienen que ver con el embarazo, como un recorte de personal, pero la hoja informativa del Departamento de Derechos Civiles dice que es ilegal despedir a una empleada porque está embarazada o porque está tomando la licencia por discapacidad por embarazo. El momento de la decisión y los registros del empleador pueden mostrar la verdadera razón.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una queja?

El Código de Gobierno, sección 12960, da tres años desde la práctica ilegal para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles, y la sección 12965 luego da generalmente un año desde el aviso de derecho a demandar (right-to-sue) para demandar. Nuestra guía sobre el proceso de quejas ante el Departamento de Derechos Civiles explica los pasos.

¿Tengo que decirle a mi empleador mi diagnóstico?

No. El proveedor de salud no puede revelar el diagnóstico de fondo sin su consentimiento. La certificación indica la razón de la licencia y su duración probable.

¿Cómo puede ayudarle Glendale Law?

Ayudamos a empleados en Glendale y en todo el Condado de Los Ángeles a entender sus derechos de licencia, a documentar lo que pasó y a responder cuando un empleador niega una licencia o termina un empleo durante o después de un embarazo. Los trabajadores de la zona pueden leer sobre las agencias y los tribunales locales en nuestra página de abogado laboral en Glendale. Llame al (818) 244-9000 o solicite una consulta.

Fuentes

  1. Código de Gobierno de California, sección 12945: licencia por discapacidad por embarazo, adaptaciones y traslado (California Legislative Information)
  2. Código de Gobierno de California, sección 12945.2: licencia bajo la Ley de Derechos Familiares de California (California Legislative Information)
  3. Código de Gobierno de California, sección 12945.6: licencia por pérdida reproductiva (California Legislative Information)
  4. Código de Gobierno de California, sección 12940: prácticas laborales ilegales (California Legislative Information)
  5. Código de Gobierno de California, sección 12960: plazo para presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles (California Legislative Information)
  6. Código de Gobierno de California, sección 12965: aviso de derecho a demandar y demanda civil (California Legislative Information)
  7. Código Laboral de California, sección 1030: tiempo de descanso para la lactancia (California Legislative Information)
  8. Código Laboral de California, sección 1031: cuarto o lugar para la lactancia (California Legislative Information)
  9. Código Laboral de California, sección 1033: violaciones, quejas y multas relacionadas con la lactancia (California Legislative Information)
  10. Código Laboral de California, sección 1034: política de adaptaciones para la lactancia (California Legislative Information)
  11. Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department): hoja informativa sobre la licencia por discapacidad por embarazo (Pregnancy Disability Leave Fact Sheet)
  12. Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department): sus derechos y obligaciones como empleada embarazada (Your Rights and Obligations as a Pregnant Employee)
  13. Departamento de Derechos Civiles de California (Civil Rights Department): licencias con protección del empleo para empleados en California
  14. Permiso Familiar Pagado (Paid Family Leave) (Departamento del Desarrollo del Empleo de California, EDD)

¿Le negaron la licencia o perdió su trabajo después del embarazo?

Nuestro equipo en Glendale puede revisar lo que su empleador dijo e hizo y explicarle las protecciones que le da la ley de California.

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